Una delegación de la corporación municipal de Arrasate (Gipuzkoa), encabezada por su alcalde, Inazio Azkarragaurizar (c), participa en la concentración convocada por Herrira hoy en el hospital Donostia de San Sebastián para protestar por la situación del preso de ETA Iosu Uribetxebarria. EFE/Juan Herrero. ESPAÑA ETA PRESOS | J. J. Monerri

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El juez central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha aceptado la puesta en libertad condicional del etarra Josu Uribetxebarria Bolinaga, condenado por el secuestro del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara, por «razones humanitarias y de dignidad personal».

El magistrado, que toma esta decisión con el criterio en contra del fiscal Pedro Rubira, sostiene que todos los informes médicos que obran en la causa, a pesar de presentar «algunas contradicciones», coinciden en que el interno padece «una enfermedad grave e incurable» que tiene «muy mal pronóstico» y que su esperanza de vida oscilaría entre «los seis y los doce meses».

Según Castro, la enfermedad que padece Uribetxebarria Bolinaga —un tumor cancerígeno en el riñón, una metástasis en el pulmón y otras tres en el sistema nervioso central— provoca que la pena de cárcel de 313 años y 8 meses que cumple por delitos de carácter terrorista «no cumpla ya la finalidad socializadora que tiene atribuida», a lo que se une que su ejecución resulta «atentatoria a los principios de humanidad y dignidad de la persona, que tienen que predominar sobre cualquier otra consideración legal».

«Humanidad ydignidad»

Por ello, justifica su puesta en libertad por «principios de humanidad», por el derecho a «la dignidad de las personas» y a «una muerte digna» y porque considera que «el último periodo de la vida de un ser humano es el más difícil de afrontar física y psíquicamente».

En su auto, el juez condiciona la puesta en libertad a que Bolinaga no pueda acercarse a las víctimas de sus acciones criminales, participar de forma activa en manifestaciones de legitimación de la violencia ni ausentarse de la residencia que fije de manera oficial ante el juzgado. Además, deberá presentarse mensualmente en los servicios sociales externos del centro penitenciario de San Sebatián y deberá comunicar cualquier novedad referida a su tratamiento médico.

En todo caso, la salida de la cárcel del preso no será inmediata ya que se producirá cuando el auto judicial adquiera firmeza, tal y como establece la Disposición Adicional Quinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que recoge que cualquier recurso tendrá «efecto suspensivo» sobre la puesta en libertad del condenado.

De esta forma, la Fiscalía tendrá un plazo de cinco días hábiles, es decir, hasta el jueves de la próxima semana, para recurrir el auto de libertad condicional, que sería examinado por los cinco jueces de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, que preside el magistrado Fernando Grande-Marlaska.

«Sin peligrosidad»

El juez Castro, que recuerda que Uribetxeberria Bolinaga cumplió las tres cuartas partes de su condena en julio de 2012, también alude en su auto a la «dificultad para delinquir» que tendría ahora el recluso y a la «escasa peligrosidad» que presentaría tras salir de la cárcel.

A pesar de confesarse un «profano en cuestiones médicas», el magistrado instructor hace alusión a la jurisprudencia del Constitucional y del Supremo para justificar que la aplicación de la libertad condicional no precisa del carácter «terminal» de la enfermedad.