En 2006 el Tribunal Supremo convirtió el fallo del recurso del etarra Henri Parot -pedía acumular en una las veintiséis penas de condena- en un nuevo criterio de aplicación de los beneficios penitenciarios. Nacía así la doctrina Parot, que siete años después pone fin en Europa otra terrorista, Inés del Río.
Una doctrina que estableció que las redenciones de penas por beneficios penitenciarios debían descontarse de cada una de las condenas impuestas, no del tiempo máximo de cumplimiento efectivo según el Código Penal por el que fuera juzgado, de tal forma que se alargaba la estancia en prisión.
La gran sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEHD) de Estrasburgo, integrada por 17 magistrados, ha rechazado el recurso de la Abogacía del Estado contra la resolución de la sección tercera de la corte europea en julio de 2012.
Entonces exigió a España que la etarra, miembro del comando Madrid condenada a más de 3.000 años de prisión por 23 asesinatos, debía ser puesta en libertad porque España, con la Parot, había vulnerado dos artículos del convenio de derechos humanos.
También la corte europea impuso al Estado español una multa de 30.000 euros a pagar a la terrorista por daños morales.
Y aunque el fallo de la gran sala solo dictamina sobre Inés del Río, a efectos prácticos tendrá consecuencias en todos los presos a los que se les haya aplicado esta doctrina y que Interior calcula que se trataría de 61 reclusos etarras en un principio y más de quince de delincuentes comunes.
Siete años después de su nacimiento, las fechas más destacadas de la doctrina Parot son las siguientes:
2006
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- 28 de febrero: El Tribunal Supremo fija un nuevo criterio de aplicación de redenciones sobre cada una de las condenas, empezando por la mayor, de modo que el recluso, al extinguir una pena con los beneficios que le fueran aplicados, comience a cumplir la siguiente hasta llegar al límite máximo de cumplimiento efectivo de 30 años.
2008
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- 28 de abril: El Tribunal Constitucional modificó parcialmente la doctrina Parot y estableció que el tiempo que un recluso ha permanecido en prisión provisional debe descontársele, a efectos de cómputo de la pena, de todas las condenas firmes, pues lo contrario supone una vulneración del derecho a la libertad.
2009
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- 3 de agosto: La etarra Inés del Río presenta una demanda en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo solicitando su puesta en libertad -estaba prevista para julio de 2008- después de que la Audiencia Nacional decidiera mantenerla en prisión hasta 2017 en virtud de la doctrina Parot.
- 25 de noviembre: El TEDH pregunta a España tras la denuncia de Del río si el cálculo de beneficios penitenciarios vulnera el Convenio de Derechos Humanos.
2012
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- 29 de marzo: El Tribunal Constitucional (TC) rechaza 28 de los 31 recursos contra la doctrina Parot presentados por presos, en su mayor parte de ETA y entre ellos el interpuesto por Inés del Río. Da amparo a tres etarras que salen de prisión: José Ignacio Gaztañaba Bidaurreta, José María Pérez Díaz y Juan María Igarataundi Peñagarikano.
- 24 de mayo: El TC ampara también a Peio Etxeberria Lete tras aceptar su recurso contra la doctrina Parot.
- 10 de julio: La sala tercera del TEDH acuerda por unanimidad de sus 5 magistrados, entre ellos el español Luis López Guerra, que a Del Río se le ha aplicado una «irretroactividad» de las penas. Exige su inmediata puesta en libertad.
El Gobierno asegura que recurrirá la decisión y que hasta que la resolución sea firme no excarcelará a la etarra.
- 21 de agosto: El TC rechaza el recurso de 16 presos de ETA
- 4 de octubre: La Abogacía del Estado presenta un recurso para que la Gran Sala de 17 jueces del TEDH reexamine la sentencia que ampara a Inés del Río.
- 11 de octubre: La Audiencia Nacional excarcela a dos presos, uno de ellos tras revisarle la aplicación de la doctrina Parot.
- 15 de octubre: Una veintena de presos de ETA presenta sus demandas ante Estrasburgo por la aplicación de la Parot.
- 23 de octubre: El TEDH anuncia que revisará la sentencia sobre del Río.
2013
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- 8 de marzo: La Audiencia Nacional ordena la libertad de Juan Ramón Rojo, integrante del comando Vizcaya y condenado por asesinar en 1992 al policía nacional José Ansean. El pleno del tribunal acuerda su licenciamiento definitivo, pese a que en su día se le aplicó la Parot y su salida de prisión estaba prevista para 2022.
- 20 de marzo: La Gran Sala del TEDH celebra la vista oral que reexamina el fallo dictado contra España al aplicar la doctrina Parot a la etarra Inés del Río.
El Constitucional rechaza el recurso del etarra Juan María Gabirondo Agote, ya que el recluso no cumplió la obligación de recurrir antes al Supremo.
- 3 de abril: El Tribunal Supremo confirma la aplicación de la doctrina Parot a Juan Ignacio Delgado Goñi al considerar que la reinserción social del preso «no es un derecho fundamental de la persona que cumple prisión».
- 18 de junio: El Supremo ratifica la aplicación de su doctrina al etarra Juan Lorenzo Lasa Mitxelena, alias «Txikierdi», condenado por varios asesinatos y otros atentados.
- 17 de septiembre: Casi medio centenar de parlamentarios de IU, CiU, PNV, Amaiur, ERC, ICV, BNG, Geroa Bai y Compromís firman un manifiesto contra la doctrina Parot.
- 11 de octubre: El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acuerda por mayoría el licenciamiento definitivo del etarra Kepa Miren Márquez del Fresno tras rechazar aplicarle la doctrina Parot, por lo que ya tendría cumplida la pena que le fue impuesta.
- 14 de octubre: Fuentes del Ejecutivo informan que el fallo del recurso presentado por España contra la aplicación de la doctrina en el caso de Inés del Río Prada se resolverá el día 21.
1 comentario
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La verdad es que no se para que se le meten 3000 años de condena ni para que se establece la duración máxima de 30 años si nunca llegan a cumplirlos. Es una tomadura de pelo.