TW
13

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga ha declarado ilícita y desleal la publicidad de la aerolínea irlandesa de bajo coste Ryanair en la que aparecían azafatas en bikini y le condena a no reiterar en un futuro esta campaña por haber empleado el cuerpo femenino como mero objeto.

En la sentencia, dictada a raíz de la demanda presentada en diciembre de 2012 por la Asociación de Consumidores y Usuarios Adecua y contra la que cabe recurso, se condena a la compañía aérea a que cese la mencionada campaña, y a que publique a su costa el fallo de la sentencia en dos periódicos de difusión nacional.

La campaña de la aerolínea con la imagen de azafatas en bikini y el lema «Tarifas al rojo vivo ¡Y la tripulación!», así como la venta de un calendario benéfico en el que aparecían mujeres de la tripulación de cabina en bikini identificadas como «Las chicas de Ryanair», comenzó en octubre de 2012.

La magistrada argumenta en la sentencia que la cuestión «no es si es para tanto o para tan poco, ni tampoco se trata de que se mantenga una postura machista, feminista, puritana o no», sino que se debe dilucidar si la campaña difundida encuentra encaje en el artículo 3.a de la Ley General de Publicidad.

A su juicio, «no existe supuesto más claro en el que deba aplicarse la normativa» porque se emplea el cuerpo femenino como «parte captatoria» de la publicidad», así como mero objeto y porque se observa una «absoluta desconexión» entre la imagen utilizada y el producto que se promociona (venta de billetes de avión).

En cuanto al calendario, indica que nadie duda de que pueda tener fines benéficos y que se hayan destinado los fondos obtenidos a una asociación polaca dedicada al cuidado de los niños con fibrosis quística, pero «resulta obvio» que «enmascara» una campaña de mercadotecnia de la compañía.

A este respecto, especifica que el almanaque usa el cuerpo de la mujer como reclamo para la venta de billetes, «adoptando las azafatas que figuran posturas en clara invitación sexual» e incurriendo en trato discriminatorio porque cuando se anuncia el calendario de 2014 tras aparecer el cuerpo de un hombre en bañador, se acaba con la frase en inglés «sólo estábamos bromeando».

En el mismo sentido, la juez manifiesta que en pleno siglo XXI «pocas personas se van a escandalizar» por ver a una mujer en bikini, pero se discute si con la campaña directa la web de Ryanair o del calendario se incurre en «cosificación» de la mujer, en trato discriminatorio y en atentado contra la dignidad de la persona.