La Sección Segunda de la Sala de lo Penal, presidida por la magistrada Concepción Espejel, ha impuesto también al acusado una pena de inhabilitación absoluta durante siete años, tras haber alcanzado su defensa un acuerdo de conformidad con el fiscal Juan Antonio García Jabaloy.
Urbistondo ha reconocido en el juicio los hechos, constitutivos de un delito de enaltecimiento del terrorismo, y su defensa ha solicitado la suspensión de la pena de prisión. El representante del Ministerio Público ha afirmado que sus antecedentes son «cancelables» y los magistrados han afirmado que valorarán la medida a la vista de su hoja histórico-penal.
El acusado se dedicó a publicar contenidos en su perfil de Facebook durante los años 2012, 2013 y 2014 en los que, según el fiscal, demostraba «un claro ánimo de justificar la actividad de la banda terrorista ETA, así como de menospreciar y humillar a las víctimas de estas acciones terroristas».
Entre las fotografías publicadas se encontraban anagramas de la banda terrorista y mensajes de «ánimo» y «justificación» de su actividad.
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