Las armas de paintball requerirán una tarjeta expedida por los alcaldes. | Wikimedia.com

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El Supremo ha validado la orden ministerial que determinó que sea necesaria una tarjeta municipal para la compra de cualquier arma de «paintball» o «airsoft», al margen de si es de aire comprimido o de otro tipo.

El alto tribunal considera que el Ministerio del Interior tiene competencias para equiparar las armas automáticas, de muelle y de resorte usadas en los juegos de «paintball» y «airsoft» a cualquier otra de aire comprimido.

Las de aire comprimido requieren una tarjeta de armas municipal para su compra y, a partir del fallo firmado este jueves por el Supremo, sucederá lo mismo con las otras.

De este modo, todas las armas usadas en ese tipo de juegos de guerra requerirán de una tarjeta municipal de las expedidas por los alcaldes, la cuales tienen una validez limitada. Todo ello no debe suponer límites para su comercio, circulación o uso, dice el Supremo.

La sentencia del alto tribunal deja sin efecto un fallo de la Audiencia Nacional que anuló la orden ministerial que incluía las armas de airsoft y paintball en la categoría cuarta del reglamento de armas, el cual incluye a las carabinas y pistolas de aire comprimido.

Para el alto tribunal, no se trata de juguetes sino de instrumentos sobre cuya clasificación reglamentaria tiene competencias el Ministerio del Interior, en contra de lo que señaló la Audiencia Nacional.

Los magistrados estiman el recurso del Abogado del Estado contra la citada sentencia de la Audiencia Nacional relativa a las armas automáticas, de resorte o muelle utilizadas en actividades lúdico deportivas en juegos de guerra.

La sentencia afirma que su uso lúdico no es un obstáculo para que sean comprendidas en el ámbito de Reglamento de Armas y añade que tampoco lo representa el hecho de que se trate de imitaciones de armas de fuego reales o que sean inofensivas