Ese día, el Tribunal Supremo declaró nulas las cláusulas suelo, pero sólo en los casos en los que el cliente no hubiera sido debidamente informado.
La sentencia conocida este jueves llega diez meses después de que quedara visto para sentencia el procedimiento iniciado en 2010 a partir de una macrodemanda interpuesta por Adicae en representación de 15.000 afectados y dirigida inicialmente contra 101 entidades bancarias, que después quedarían en 40 tras los procesos de fusión.
No obstante, en su fallo, la titular del juzgado, Carmen González, declara la subsistencia de los contratos de préstamos hipotecarios en vigor suscritos por las entidades bancarias demandadas en los que se hayan incluido las cláusulas cuya utilización se ordena cesar.
Y además, desestima la pretensión de Adicae de que las cláusulas suelo no respeten el equilibrio de las obligaciones y derechos del contrato y modifiquen la naturaleza de los préstamos o créditos hipotecarios.
En su sentencia de mayo de 2013, el Supremo señalaba que las cláusulas suelo son «lícitas siempre que su transparencia permita al consumidor identificar la cláusula como definidoras del objeto principal del contrato y conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos».
De este modo, el tribunal declaraba la nulidad de estas cláusulas en los casos en los que el cliente no hubiera sido debidamente informado y establecía que los consumidores deben ser informados de que, cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo, variable sólo al alza, y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia, que la mayoría de las veces es el euríbor.
8 comentarios
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Todo a mi favor bienvenido sea, pero yo asumi suelo en su dia y no me parecia nada de otro mundo, un requisito más para que me dieran dinero como el seguro de hogar al triple que uno común, o lo tomas o lo dejas, nadie me obligaba... ahora tienes interes variable o fijo, si los de variable se les dispara en un par de años, tambien habra sentencia para considerarlo abusivo?? Cada uno deberia asumir donde se mete... si no, los contratos no tienen validez alguna con sentencias de este tipo.
@Pandereta, Eres amigo de los fariseos, eso también es populismo, según tú. Pues el cura de mi pueblo opina que es una verdad como un templo
Respuesta a pepe...tienes un serio problema de comprensión lectora, nene. Te lo explico, de manera fácil, nene. Medida populista=Populismo=Podemos... evidentemente en tono de burla. Aunque no muy disparatada viendo otros casos de jueces q se han presentado por Podemos con un historial de sentencias panderetas. Además, si no relacionas a Podemos con populismo tienes otro problema más.
Respuesta para Pandereta....que tiene que ver Podemos con la clausula suelo ? tienes un serio problema democrático nene.
Que nadie se preocupe !. Esta anulación está pensada para los poderosos corruptos de siempre. Los que tienen palacetes o aeropuertos sin aviones o han comprado hoteles... A los de a pié no nos van a devolver ni "el saludo"
¿Tan tontos eran que no sabían lo que firmaban? ¿¿o lo sabían perfectamente pero ya va bien esta sentencia populista?? No me extrañaría que esta juez acabe en las listas de Podemos en el futuro. Ah!! y de paso que multen o sancionen absolutamente a todos los Notarios, que se ve que también mintieron a los clientes al no leer las clausulas los días de la firma. Conspiración total, vamos. País de pandereta. Que devuelvan de paso también las minusvalías en los fondos de inversión con la excusa de que los clientes no se esperaban que pudiese bajar un fondo de inversión.
A ver si anulan los intereses de los préstamos personales que nos obligaron a suscribir para complementar las hipotecas.Y las empresas de recobro que compraron los préstamos por la décima parte de su valor y ahora nos exigen mas del 100 por cien del valor inicial.......SI SE PUEDE
Alguien sabe si hay que solicitarlo o lo hacen ellos mismos el cálculo y la devolución? La lista de esas 40 donde se puede encontrar?