En su fallo, la jueza declara que los demandados han violado derechos de propiedad intelectual y los condena «a cesar inmediatamente en la facilitación de enlaces o links de Internet, de cualquier tipo, que den acceso al visionado en directo o en modo ligeramente diferido de partidos de fútbol producidos o emitidos por cualquiera de las demandantes ya sea en la actual o en futuras temporadas».
Según el contenido de la sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), esta prohibición la hace extensiva tanto a la web Rojadirecta «como a cualquier otra página web que los demandados pudieran utilizar en iguales términos, o que redireccione a la misma».
También le condena a cesar, en general, «en cualquier otro uso ilícito de los contenidos cuya explotación exclusiva corresponda a las demandantes», añade sobre la demanda de GOL TV y Mediapro, propietario de la primera.
Indemnización
La sentencia declara, además, que la conducta de los demandados ha causado daños a los demandantes y, en consecuencia, que están solidariamente obligados a indemnizar a las actoras por los daños causados, aunque se deja la determinación de esos daños para un proceso posterior.
La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña. En el juicio, la productora Mediapro rechazó que Rojadirecta actuase como «intermediaria» en la difusión de eventos deportivos a través de la web de la que era administradora Puerto80 Projects.
Argumentos de la demandante
Frente a los argumentos de las defensas en representación de Puerto80Projects y su propietario, Igor Seoane, negando cualquier responsabilidad, el abogado de Mediapro sostuvo que se infringieron, entre otros, los derechos afines a la propiedad intelectual, tesis asumida por la jueza en su fallo.
En él, obliga también a la administradora de Roja directa a publicar el fallo judicial en su web, así como en sendos periódicos de tirada nacional.
1 comentario
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
Loo ke tiene ke prohivir el juzgado es ke en españa halla ke pagar por ver futbol español