El Tribunal de Cuentas aclara en su informe que «los recursos públicos comprometidos» en la reestructuración bancaria sólo entre 2009 y 2015 ascienden realmente a 122.122 millones de euros. En la imagen, el ministro de Economía, Luis de Guindos. | Efe

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El acumulado de los recursos públicos empleados en el proceso de reestructuración bancaria se situaba a cierre de 2015 en 60.718 millones de euros, según el Tribunal de Cuentas, cifra que no puede considerarse definitiva porque el Estado sigue siendo aún el principal accionista de Bankia y BMN.

Estas ventas futuras de las participaciones en las entidades nacionalizadas, unidas a la evolución de las garantías otorgadas en la venta de otras entidades, «pueden provocar un incremento o una disminución del citado importe», insiste el Tribunal de Cuentas.

El principal componente del coste acumulado hasta la fecha ha sido el derivado de las aportaciones al capital y cuotas participativas, que ascienden a 46.021 millones de euros.

Destacan, como «procesos que han supuesto mayor coste», el saneamiento y posterior venta de CatalunyaBanc (12.676 millones), BFA/Bankia (12.347 millones de euros), CAM (11.065 millones) y Novacaixagalicia (9.159 millones).

No obstante, el Tribunal de Cuentas aclara en su informe de fiscalización del proceso de reestructuración bancaria que «los recursos públicos comprometidos» en la reestructuración bancaria como consecuencia de las actuaciones realizadas sólo entre 2009 y 2015 ascienden realmente a 122.122 millones de euros.

La fiscalización también apunta que, al margen de ese importe, la Administración General del Estado otorgó avales a las entidades de crédito relacionadas con los procesos de reestructuración o resolución, por un máximo de 85.965 millones, aunque el saldo vivo de la única emisión sin amortizar es de 1.059 millones.

Además, a 31 de diciembre de 2015 las emisiones de deuda sénior de Sareb, el banco malo, alcanzaban los 43.476 millones de euros, avalados por el Estado.

En su informe de fiscalización, el Tribunal de Cuentas afea algunas de las decisiones adoptadas por el fondo de rescate español, el FROB, ya que -excepto en dos casos- no aprobó un procedimiento que estableciera las reglas básicas a aplicar en cada una de las ventas de entidades de crédito.

De hecho, el fondo ni siquiera determinó los criterios «financieros, fiscales y de oportunidad» que debían aplicarse para valorar, ordenar y seleccionar cada uno de los instrumentos de apoyo financiero que cabría adoptar en cada proceso, especialmente en los de resolución y venta de entidades, añade el Tribunal de Cuentas.

Entre abril y octubre de 2001, recuerda, el FROB contrató a expertos independientes para la elaboración de informes y valoraciones de dos entidades, antes de que éstas solicitaran formalmente ayudas públicas.

Esta anticipación en la contratación de los estudios se aparta del criterio establecido por ley y provocó que los informes recibidos por el FROB (que costaron un total de 1,4 millones de euros) fueran «innecesarios».

Sobre este asunto, el Tribunal de Cuentas ya señaló que las propias normas del FROB recogen que este tipo de informes de valoración debían ser repercutidos a las entidades de crédito y, sin embargo, el fondo no ha repercutido estos costes.

La explicación es que «a la vista de un informe solicitado a la Abogacía General del Estado», la Comisión Rectora del FROB acordó la «no aplicación» de esta norma en las últimas ayudas públicas concedidas.

El Tribunal de Cuentas critica asimismo que el FROB autorizara contratar una línea de crédito sindicada de hasta 3.000 millones como fuente de financiación alternativa en el caso de que los fondos de la entidad fueran insuficientes, puesto que al final no la utilizó y ha costado durante sus dos años de vigencia 33 millones.