Así lo han confirmado fuentes del tribunal de garantías, que han añadido que en las resoluciones se apercibe a más de un millar de cargos políticos -unos sesenta altos mandatarios de la Generalitat y los 947 alcaldes de la Cataluña- de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa tendente a la organización del referéndum.
El tribunal se ha reunido con carácter de urgencia para estudiar estos acuerdos tras haber admitido, tan sólo unas horas antes, la tramitación del incidente de ejecución contra las resoluciones parlamentarias que permitieron este miércoles el debate y aprobación de la ley que regulará la consulta independentista.
Las cuatro iniciativas anunciadas por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que el tribunal ha acordado dar trámite son concretamente un recurso de inconstitucionalidad contra ley del referéndum y las impugnaciones contra el decreto de convocatoria del 1-O, el que contiene las normas complementarias para organizarlo y contra el acuerdo del Parlament que nombra una Sindicatura Electoral, equivalente a la Junta Electoral Central.
Notificación urgente
Tal y como se había solicitado en una de las impugnaciones -la referida a las medidas complementarias para la organización de la consulta-, el TC ordena que la resolución adoptada este jueves se notifique personalmente a decenas de altos cargos de la Generalitat relacionados con la organización de la consulta -empezando por el presidente, Carles Puigdemont- y a los 947 alcaldes de Cataluña, éstos últimos «con carácter preferente y urgente». Se hará a través de la Delegación del Gobierno.
La petición se hacía extensiva a los responsables de los medios de comunicación públicos catalanes (Cataluña Ràdio y TV3) y a responsables de los Mossos como son Josep Lluís Trapero y el director general del cuerpo Pere Soler I Campins.
Además, los magistrados tenían sobre la mesa, igualmente como ampliación del orden del día de su sesión de este jueves, un segundo incidente de ejecución, éste último presentado contra la admisión a trámite en el legislativo catalán de la ley de desconexión y contra todos los actos que se deriven. Los magistrados también han acordado darle trámite en la sesión que ha concluido sobre las nueve y media de esta noche.
ARGUMENTOS DEL GOBIERNO
El Gobierno considera que el referéndum catalán vulnera ocho artículos de la Constitución y tres del Estatut. En el recurso de inconstitucionalidad contra la ley se argumenta que con su aprobación y sobre la base de estar ejecutando una «presunta y auto-atribuida soberanía del 'pueblo catalán, el Parlamento de Cataluña se sitúa fuera del marco constitucional».
En términos muy duros, los Servicios Jurídicos del Estado señalan que la convocatoria de un referéndum sobre la independencia de una parte del Estado español «comporta por sí misma una vulneración constitucional de tal magnitud que engloba y absorbe en sí misma cualquier otra vulneración de orden competencial que, de suyo, una convocatoria previa a la secesión territorial lleva aparejada».
Para el Gobierno, la actuación del Parlamento Catalán al aprobar esta ley sólo puede calificarse de antidemocrática y ello se deduce de todos los preceptos de la norma pero especialmente de su artículo 3.2, que señala que ésta prevalece jerárquicamente sobre todas las normas con las que pueda entrar en conflicto «en tanto que regula el ejercicio de un derecho fundamental e inalienable del pueblo de Cataluña».
Advierte igualmente el recurso que la ley configure una sindicatura electoral de Cataluña «eso sí, exenta de cualquier control jurisdiccional».
Se refiere también el recurso a la cuestión que se formulará a los ciudadanos: «¿Desea que Cataluña sea un Estado independiente en forma de República?"», que a juicio de los letrados del Estado constituye una pregunta «de indudable trascendencia constitucional que queda fuera completamente del ámbito competencial del legislador autonómico».
En otro punto del recurso, el Gobierno recuerda que el defendido derecho de libre determinación de los pueblos «tan sólo cabe en supuestos de situación colonial, pueblos anexionados por conquista, dominación extranjera u ocupación (países Bálticos tras la guerra fría) y pueblos oprimidos por violación masiva y flagrante de sus derechos (Sudán del Sur o acaso, para algunos, Kosovo)». «Únicamente Etiopía y la isla de San Cristóbal y Las Nieves recogen el derecho de secesión de parte de un territorio», añade.
Artículos vulnerados
De forma concreta, el Ejecutivo considera que la ley del referéndum vulnera el artículo 1 de la Constitución española, en concreto los apartados 1.1 y 1.3 (soberanía del pueblo español y monarquía parlamentaria como forma de Estado), y el artículo 2, que consagra la unidad de la nación española.
También considera vulnerado el artículo 9.1, sobre la primacía de la Constitución; el 168, sobre el procedimiento de reforma constitucional, todo ello desde el punto de vista sustantivo.
Desde el punto de vista competencial, el Ejecutivo ve atacado el artículo 149.1.32ª, que establece que el Estado tiene competencia exclusiva para autorizar la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum, en relación con los artículos 23.1 (derecho de los ciudadanos a participar en asuntos públicos), 81 (elaboración de leyes orgánicas) y 92.3 (ley orgánica de las modalidades de referendos).
También considera vulnerado el artículo 23, sobre el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, por la forma en la que se aprobó la ley en el Parlament.
En cuanto al 'Estatut', el Ejecutivo invoca en sus recursos la infracción de los artículos 1, 2.4 y 3.2, que señalan que Cataluña ejerce su autogobierno de acuerdo con la Constitución y el propio Estatuto y que tiene en el Estado español su «espacio político y geográfico de referencia», con los valores, principios y obligaciones derivados de ello.
19 comentarios
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I com és que no prohibeixen a les fàbriques d'armesloa seva producció que els dona molts diners però que produiex atemptats i morts i més morts???
Prohiben a las imprentas sacar papeletas. Pero a las fabricas de pañales las han puesto a doblar su producción.
Curiosismo leer el comentario de Pilar en el que justifica que una imprenta no pueda imprimir lo que quiera. Esto se parece más al 1936 que al 2017.
A san Jorge.Que pasaría si Cataluña les balears diguessin bye bye spain.Doncs q quedarien sense cap duro i ni podrien pagar las jubilats educadors ni sanitaria.Espanya seria com albania.
La historia se repeteix.Quien no ha vist la revolta de Espsrtaco a Roma per lluitar contra la injusticia.I Roma q va fer exterminar.Doncs ARA pasa el mateix.Els catalans son espartaco i el govern central Roma i q fan: ofegar el referéndum amb denunciar i por. Recordam q tots veient la película erem espartaco.
@Angelcaido Dime que no, ¿eso os pone eh? Tanques, militares, violencia, armas en alto. Vuestro sueño hecho realidad! Yo mas bien me veo el fin del mandato de uno que todos sabemos... por incompetente.
Ja, ja, ja acabo de ver que la guardia civil vigila una imprenta a la que ,a lo visto , la emplean los piratas separatistas para sus trabajos del ayuntamiento, que esta siendo vigilada con el fin de que no impriman las papeletas ilegales del referendun y no puedo evitar pensar en Puigdemon estirandose los pelos por no poder imprimir su caprichito, ja, ja, me imagino a los de la CUP con una Epson desde su casa imprimiendo noche y dia, animalets.
El titular correcte seria: "El Tribunal Constitucional cree que suspende la convocatoria del referéndum del 1-O". Bye, bye, Spain
A partir de este momento se utilizará de ser necesario la fuerza hasta el límite necesario para que las sentencias de la Justicia se cumplan...De los independentistas depende .
Cuando ya no dependan del barbas y su estado de pantomima, a ver quien se rie el ultimo.