En sendas resoluciones, cuyo fallo ha sido dado a conocer este martes, el tribunal de garantías responde a los escritos en los que sus defensas aludían a la existencia de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el asunto Demirtas c. Turquía para fundamental su petición de libertad.
El Tribunal considera que dicha resolución no constituye una circunstancia sobrevenida, además de no ser firme porque está pendiente de decisión por la Gran Sala del propio tribunal con sede en Estrasburgo.
La decisión no permite aún a los tres políticos encarcelados acudir al tribunal europeo a reclamar su libertad. El auto sólo resuelve una petición de suspensión y no hay aún sentencia que resuelva sobre el fondo del asunto, han señalado a Europa Press fuentes jurídicas.
Ya pueden ira a Europa
La petición de excarcelación fue realizada al TC el pasado 26 de noviembre por Sánchez y después de sumaron los diputados suspendidos en el Parlament Jordi Turull y Josep Rull, tambíén en prisión preventiva por la causa del 'procés' independentista que se juzga en el Tribunal Supremo.
Un mes después el TC resolvió en sentido negativo a las pretensiones de las defensas aunque estrictamente en respuesta a Sánchez y sólo por el asunto concreto planteado, advirtiendo que dicha respuesta no podía tomarse como una resolución sobre el fondo que permita llevar ya el asunto al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
La prisión preventiva -desde el 16 de octubre de 2017 en el caso de Sánchez y desde el 2 de noviembre de ese año en el de los exconsejeros- fue acordada y confirmada por la entonces juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, que instruía los hechos. La medida cautelar fue mantenida por el magistrado el Tribunal Supremo Pablo Llarena, que se hizo cargo del procedimiento contra Sánchez y otros investigados inicialmente en la Audiencia cuando el alto tribunal asumió la competencia sobre este asunto.
Los magistrados
Por otro lado, el Constitucional ha hecho públicas este martes dos sentencias relacionadas con el 'procés'. En la primera se inadmite por ser prematuro el recurso de amparo de los exconseeros huidos Meritxell Serret y Toni Comín contra el del Tribunal Supremo de 4 de julio de 2018 por el que se denegó de forma definitiva la recusación que ambos presentaron contra el juez instructor de la causa, Pablo Llarena.
La segunda de las sentencias cuyo fallo ha sido adelantado también inadmite por prematuro del recurso de amparo de Turull y Rull contra el auto de la Sala Especial del 61 que el pasado 13 de septiembre desestimó la recusación de varios magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo que juzga el caso, entre ellos el presidente Manuel Marchena. En los próximos se darán a conocer los fundamentos jurídicos de estos autos y sentencias.
4 comentarios
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Es donde deben estar por un larguísimo periodo de tiempo.
Ben fet....qui la fa, la paga
Donde mejor están los delincuentes es en la cárcel
Llibertat presos polítics !!!