Así se suspende en sus funciones parlamentarias a Oriol Junqueras (ERC), y Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull, de JxCat.
Los letrados del Congreso defienden que la suspensión como diputados de los cuatro presos preventivos por el procés debe realizarse en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) y no del Reglamento del Congreso, pero, a la vez, abren la puerta a que la Mesa de la Cámara les suspenda sin que medie ninguna otra comunicación del Supremo, lo que podría suceder este mismo viernes.
El documento, recogido por Europa Press, subraya que no es de aplicación en este caso el artículo 21.2 del Reglamento de la Cámara porque no se da uno de los tres requisitos que éste fija para que la Mesa proceda a la suspensión de un diputado.
En concreto, el requisito que no se da es el de que la Cámara haya autorizado la concesión de un suplicatorio para que el Tribunal Supremo abra una investigación sobre los diputados afectados por la suspensión.
El Supremo no tuvo que pedir ningún suplicatorio a la Cámara porque cuando se inició la investigación sobre el 'procès' Oriol Junqueras (ERC), Jordi Sànchez, Josep Rull, y Jordi Turull (Junts per Catalunya) no eran diputados del Congreso.
Los letrados reconocen que sí se cumplen los otros dos requisitos para la suspensión automática que establece el 21.2 del Reglamento: que exista un auto de procesamiento contra los afectados y que estén en prisión preventiva.
«En cambio, resulta de aplicación en este caso el artículo 384 bis de la LeCrim», subraya el informe. Este precepto establece que «firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviera ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión».
No obstante, los letrados señalan que la Mesa del Congreso «debe proceder a determinar que se da el supuesto de hecho» mencionado en el 384 bis de la LeCrim, «aunque no le haya sido así comunicado por el Tribunal Supremo, ya que se mantiene la situación de prisión provisional de los procesados». Es decir, abre la puerta a que la Mesa pueda actuar sin que medie ninguna comunicación del Supremo.
«Por ello, -subrayan los servicios jurídicos- corresponde a la Mesa del Congreso declarar automáticamente suspendidos en el ejercicio del cargo» a los cuatro diputados procesados por el Tribunal Supremo, así como «señalar el alcance de esta suspensión mientras dure la situación de prisión, adoptando las medidas precisas para dar plena efectividad a la previsión legal».
Así las cosas, el informe faculta a la Mesa no sólo a acordar la aplicación «ex lege» o «por imperativo legal» del citado artículo de la LeCrim, sino también a fijar los efectos de la misma, que no implican sólo a los «derechos y deberes» de los diputados suspendidos, sino también bien a la Cámara en su conjunto.
Es decir, el órgano de gobierno de la Cámara tendrá que determinar «el número de miembros de derecho de la Cámara durante el tiempo que dure la suspensión, a los efectos del cómputo de la mayoría absoluta, de la determinación de la composición de los distintos órganos, de la fijación de cupos, etc».
43 comentarios
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¿Qué nombre le damos al hecho de dejar llorando a las personas que esperaban afuera el día de la DUI? ¿Qué nombre le damos a los años de adoctrinamiento de personas? ¿Qué nombre le damos al corte de carreteras, a los lazos y al pintado de calles, a las pancartas, al asalto de centros turísticos, a las sembradas de cruces, ......?
LA LEY por encima de TODOS......Esa es la base de cualquier democracia
Así debe d ser...es más, hay unos cuantos diputados q están y no deberían estar...todo aquel q no esté dispuesto a acatar la ley y esté en contra d España como país debería estar fuera....caso del Rufián, los d Bildu....etc...
Simplemente se ha aplicado la ley vigente. Si no gusta esta ley, se puede cambiar, pero mientras no se haga , hay lo que hay y punto.
Els negatius que li han posat al seu comentari demostren la intolerància fruit de la catalanofòbia difosa des del govern central. Té el meu positiu.
@Migjorn, pero el derecho y la ley está por encima de todo porque si no no podríamos convivir. Tendrían que no haber delinquido para poder seguir defendiendo a sus votantes. Y por otra parte ya saben lo que iba a ocurrir y se presentaron a las ellecciones en vez de otras personas de su partido. Todo para mantener la polémica @ presos polítics. Desde los gobiernos centrales no han tratado bien el asunto catalán, pero los mayores responsables son los propios indepes, supremacistas, egoístas, y mal informados. Y sobre todo porque Convergencia ha movido todo esto para ocultar mantener su estado de corrupción
Un diputado DEBE ser una persona honrosa y honorable SIN delitos demostrados o pendientes de serlo. Y estos señores, antes de pasearse por el Congreso deben demostrar su inocencia (cosa difícil pues todos les vimos desobecer al Estado). No quiero diputados que hayan cometido ningún tipo de delito!
los electores no se quedan sin vozzzz,la lista pasa al siguiente..... que nombre le damos a un delincuente que no para de hacer artificios para burlar a la justicia!!!!!!
ara anam,,,
Las leyes se hacen o se derogan pero, la democracia en mayúsculas se basa en conocer la opinión de todos. Y, aunque sea una minoria, hay que escucharla y darle el derecho de expresarse. El asunto es ¿que nombre le damos al hecho de dejar sin voz a 1 millón y medio de personas?