De este modo se opone frontalmente a la solicitud hecha el pasado 14 de mayo por la Fiscalía Anticorrupción, que reclamó el libre sobreseimiento de esta causa por entender que, aunque la investigación policial puso de manifiesto la existencia de indicios de delitos sobre tres supuestas adjudicaciones amañadas, éstos ya estarían prescritos.
En un auto la jueza acusa a varios responsables de la Fiscalía de haber hecho caso omiso a las indicaciones de sus superiores para que avanzasen en la instrucción de la causa y de haber seguido adelante con una querella contra doce personas sin pedir antes determinados informes.
La instructora recuerda además que fue el Ministerio Público quien reclamó el auto de incoación de procedimiento abreviado contra los procesados por delitos de malversación, prevaricación y falsedad sin haber acordado periciales sobre la adjudicación de los contratos que cuestionaba ni el supuesto perjuicio que esa actividad supuso para el erario.
Asimismo, responsabiliza al fiscal de haber aportado a esta causa la confesión del ex secretario general del PP valenciano Ricardo Costa que establecía supuestos vínculos entre las donaciones de constructores a la caja B del partido y los citados contratos.
En la petición de archivo, la Fiscalía se refirió a las alusiones a ese asunto que hizo la instructora en su auto de procedimiento abreviado para apuntar que ya «estaban siendo investigadas por el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, habiéndose acordado la declaración de Camps en calidad de investigado».
En respuesta concreta a este punto, señala que en su juzgado «no se investiga la financiación irregular del PP en los comicios de 2007 y 2008, sino la intervención susceptible de ser reprochada» del entonces vicepresidente del Consell Vicente Rambla.
Y lo hace por la «adjudicación irregular de contratos para determinadas empresas que habían realizado donaciones o entregas de dinero finalistas para la construcción del circuito, dándoles un trato de favor».
Anticorrupción sustentó su petición de archivo en la convicción de que los supuestos delitos, en caso de existir, estarían prescritos, al descartar la concurrencia de la malversación agravada -que prescribe a los 15 años- y también en el contenido de un informe de la Intervención de la Generalitat -que aportó a la causa la Abogacía autonómica- donde se señala que «no se constata la existencia de un perjuicio económico directo» a esta Administración.
En su crítica a la Fiscalía, la jueza lamenta la ausencia de diligencias de investigación pericial relativa a las supuestas irregularidades contractuales a las que aludía el Ministerio Público en tres adjudicaciones a la UTE formada por Typsa y Ayesa para la construcción del circuito por 7,6 millones, así como la ausencia de indagaciones sobre la existencia o no de sobrecostes en las mismas.
«Resulta difícil de comprender que el fiscal haya esperado hasta dictarse el auto de incoación del procedimiento abreviado (2 de mayo de 2019) para, con la justificación de datos de los que ya era conocedor anteriormente, estimar que no se ha constatado perjuicio económico evaluable», agrega.
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