El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Valencia ha absuelto a los tres acusados que fueron juzgados el pasado lunes por escribir en redes sociales, en octubre de 2016, mensajes ofensivos hacia Adrián, el niño de ocho años enfermo de cáncer que de mayor quería ser torero y que acabó falleciendo en 2017. Dichas publicaciones fueron realizadas tras la celebración de una corrida benéfica que tenía como finalidad recaudar fondos para el menor, quien falleció seis meses después a causa de su enfermedad.
Aunque el magistrado califica algunas de las expresiones vertidas de «deleznables» o «repulsivas», no aprecia en ellas un delito de incitación al odio, contra la integridad moral ni de injurias graves, contrariamente a lo que sostenían, según el caso, la Fiscalía, la acusación particular y la acción popular, que pedían penas de entre uno y tres años de prisión para los implicados, explica el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en un comunicado.
Durante el juicio, los tres jóvenes acusados mostraron su arrepentimiento por las publicaciones y dos de ellos se dirigieron directamente al padre del menor para pedirle disculpas.
La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia, alude a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y concluye que el Código Penal no puede «convertirse en la primera respuesta ante este tipo de acciones».
El juez recuerda que el presente procedimiento analizaba exclusivamente los comentarios que cada uno de los acusados realizó en Twitter o Facebook, «y no el resto de mensajes que fueron publicados en distintas redes sociales o enviados por distintas aplicaciones de mensajería, conteniendo amenazas de muerte e imágenes explícitas de armas y fallecidos», a los que tuvo acceso el denunciante, padre de Adrián.
El magistrado considera que las frases atribuidas a los acusados, y cuya autoría asumieron ellos mismos durante el juicio, no son constitutivas de un delito contra la integridad moral, pese a «lo deleznable» que puedan resultar. «No se estiman de entidad suficiente para considerarlas como trato degradante apto para generar el menoscabo grave a la integridad moral que exige el tipo», argumenta.
El primero de los acusados, M.O.C., se quejaba en su cuenta de Twitter del gasto «innecesario» que conllevaba la recuperación del menor, cuya vida, según decía, le importaba «dos cojones», porque probablemente ya estaba «siendo tratado en la sanidad pública» con su dinero.
La segunda, A.E.O., en un mensaje privado de su perfil de Facebook, deseaba directamente la muerte de «un niño enfermo que quiere curarse para matar a herbívoros inocentes y sanos que también quieren vivir». Por último, B.E.S.L., criticaba a los internautas que apoyaban a «un niño que prefiere matar a un animal» y le deseaba también la muerte.
«ALARDE MACABRO»
El juez entiende que esas expresiones tampoco encajan en el delito de odio tipificado en el artículo 510 del Código Penal. El niño padecía una enfermedad terminal «de la que no se puede hacer responsable a ninguno de los acusados», por más que éstos la aprovecharan para escribir «una repulsiva frase», hacer «un alarde macabro» y de «incontinencia escrita» o expresar «el ponzoñoso deseo de la muerte del menor», explica el juzgador.
Finalmente, el fallo descarta la comisión de un delito de injurias graves. En el caso del tuit de M.O.C., no puede considerarse que exista un insulto a Adrián, «sino una soez manera de exteriorizar una ausencia total de empatía».
Respecto a los comentarios y frases usados por A.E.O. y B.E.S.L., «resultan ciertamente ofensivos, pero la actitud denota desafío y taxatividad grosera como ánimo predominante» y no alcanzan «la gravedad suficiente para considerar que las mismas puedan tener repercusión penal».
8 comentarios
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La palabra ABSUELTO esta a la orden del dia mejor si empleamos mas la de CONDENADO
Hay que ver como sois la derechona rancia. Cuando la sentencia es de un juez de vuestra cuerda es el imperio de la ley, cuando no os gusta es prevaricación y hay que cambiar las leyes. A vuestra medida claro...
Hay que cambiar leyes YA!!!!
¿Sabes lo que es prevaricación?,con los escrito en los twiter,demuestran como realmente son estos tres jovenes.
Queda demostrado una vez más que este es el país de "Nuncapasaná".
Me repugnan las corridas de toros por el sufrimiento de los animales pero lo que se dice que escribierón estos tres jovenes no me parece nada bien y creo que deberian pagar alguna condena aun que esten arrepentidos.
Los jueces en algunos casos no aplican la Ley. Se dejan llevar por su ideolgía al la hora de dictar sentencias.
Como siempre la justicia del lado de los que cometen delitos y haciendo daño a los que son sus victimas.¿Y el daño que le ocasionaron a los padres con esos comentarios se quedan impune?. Soy padre y por lo menos por mi parte es muy doloroso que alguien desee la muerte de tu hijo y más estando tan enfermito como estaba esa criatura.