El exsocio de Iñaki Urdangarin, Diego Torres. | Efe

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El Departamento de Justicia de la Generalitat ha denegado a Diego Torres, exsocio de Iñaki Urdangarin, la flexibilización del régimen penitenciario que solicitó para poder salir diariamente de la prisión de Brians 2 a trabajar o ejercer de voluntario, permiso del que disfrutó el exdirigente de CDC Oriol Pujol.

Según fuentes cercanas al interno, la Junta de Tratamiento de Brians 2, donde Torres cumple la condena de cinco años que se le impuso por el caso Nóos, ha acordado este jueves no modificar el régimen del condenado, que lleva algo más de un año en prisión.

Torres solicitó a la Generalitat que le aplicara el artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que permite salir diariamente a trabajar o a participar en actividades de voluntariado, una medida que requiere la posterior aprobación por parte del juzgado de vigilancia penitenciaria.

En su petición, el abogado de Diego Torres argumentaba que su cliente tenía derecho al mismo trato penitenciario que Oriol Pujol, a quien la Generalitat concedió el régimen abierto -y, una vez el juez se lo revocó, el artículo 100.2-, a los meses de entrar en la cárcel para cumplir la pena de dos años y medio que se le impuso por cobrar comisiones ilegales en el «caso ITV».

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Torres tendrá la oportunidad de recurrir ahora ante el juzgado de vigilancia penitenciaria la decisión de la Junta de Tratamiento de denegarle la flexibilización de su régimen.

A diferencia de Torres, su socio al frente del Instituto Nóos Iñaki Urdangarin disfruta desde el mes pasado de un permiso que le permite salir dos días a la semana, ocho horas diarias, para llevar a cabo labores de voluntariado en una ONG.

El esposo de la infanta Cristina lleva desde junio de 2018 en la prisión de Brieva, situada a diez kilómetros de Ávila, para cumplir la condena de cinco años y diez meses de cárcel por malversación, prevaricación, fraude a la administración, delitos fiscales y tráfico de influencias del «caso Nóos».

Torres y Urdangarin fueron condenados por la Audiencia de Palma, en una decisión que después ratificó el Tribunal Supremo, por desviar fondos del Instituto Nóos mediante la organización de congresos y eventos deportivos.