En base a esta nueva medida, que se exigirá a ciudadanos de 65 países, incluido Estados Unidos, ¿cómo hay que presentar el resultado de la prueba PCR si se viaja a España?
- Los viajeros deberán disponer de una prueba diagnóstica para SARS-CoV2 con resultado negativo realizada en las setenta y dos horas previas a la llegada a España.
- El Formulario de Control Sanitario que todo pasajero debe cumplimentar antes de su entrada en el país, recogerá a partir de ahora una pregunta sobre si dispone de una PCR negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada a España.
- Se le podrá solicitar en cualquiera de los puntos de entrada.
- El documento acreditativo deberá ser el original, estará redactado en español y/o inglés.
- El resultado de la prueba se podrá presentar en formato papel o electrónico.
- El documento contendrá, al menos, los siguientes datos: nombre del viajero, número de pasaporte o del documento o carta nacional de identidad (que deberá coincidir con el utilizado en el Formulario de Control Sanitario), fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica empleada y resultado negativo de la prueba.
- La prueba admitida será la PCR (RT-PCR de COVID-19). Mientras no sea aceptado su uso armonizado en la Unión Europea, no se admitirán otras pruebas diagnósticas tales como test rápidos de anticuerpos, pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento (ELISA, CLIA, ECLIA).
1 comentario
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Que bien otro año sin turistas todo el mundo sin trabajo cobrando ERTE veremos si el gobierno aguanta!