La sentencia establece que Cort no puede limitar el horario sin que opine el hostelero. | Teresa Ayuga

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Todas las terrazas de los bares de sa Llotja tienen que cerrar a las once de la noche desde 2019, menos un local que ha conseguido que el TSJIB anule el decreto municipal que le notificaba ese horario tope. Un juzgado de lo Contencioso y ahora el Superior consideran que Cort no puede limitar los horarios sin tramitar un expediente en el que se de opción a los hosteleros para pronunciarse.

El local había conseguido licencia de actividad en enero de 2019. Tenía permiso para ocupar una superficie de 45 metros cuadrados de terraza de siete de la mañana a doce de la noche, salvo viernes, sábados y vísperas de festivo, cuando tenía media hora más. Apenas tres meses después de esa licencia, en abril de ese año se aprobó el decreto municipal que limitaba los horarios en la zona que consideraba saturada. Sin embargo, esa normativa no fue lo que se notificó a la cafetería. La orden de cerrar a las once le llegó mediante un decreto de Alcaldía posterior que, de forma literal, rectificaba la anterior regulación de las terrazas de sa Llotja. Los magistrados consideran insuficiente este trámite y lo anula, por lo que el local, de ser firme la sentencia, podría ser el único con hora y media más de terraza de la zona.

El Ajuntament argumentaba que puede revocar en cualquier momento licencias de ocupación de dominio público y que lo puede hacer de forma unilateral. La sentencia del TSJIB no pone objeciones a ese razonamiento, pero establece un matiz: «No puede la administración, por vía de rectificación, acordar la modificación unilateral de condiciones sustanciales de la autorización que ha concedido sin siquiera dar audiencia al interesado». Añade: «Por causa de una restricción horaria para protección de los vecinos se produce una modificación absolutamente esencial de la licencia».