El Ajuntament deberá decidir qué bienes se embargan para hacer frente a la orden del Supremo.

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El Tribunal Supremo ha ordenado el embargo de propiedades del Ajuntament de sa Pobla por valor de 5.382 euros (895.000 pesetas) por el impago de las costas procesales de un juicio que perdió en 1999. Por una providencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo se insta al Juzgado de Primera Instancia de sa Pobla (por un error se refiere al Juzgado de Sa Pobla, que no existe, en lugar de al de Inca) a que envíe un agente judicial para que lleve a cabo el embargo.

En la providencia, fechada el pasado 12 de febrero, se pide que el embargo no afecte a servicios públicos y se da la opción a que el Ajuntament decida con qué bienes hará frente al embargo. La providencia considera que ha transcurrido «en exceso» el plazo por el que se requirió al Ajuntament de sa Pobla para que hiciera efectivo el pago de tasación de costas. De hecho, han pasado tres años desde que el Supremo dictó sentencia. El día 4 de septiembre de 2001, el Tribunal Supremo envió una providencia al Ajuntament de sa Pobla para que hiciera frente al pago de la deuda en el plazo de ocho días.

La historia del embargo se remonta al año 1992. En aquella fecha, el Ajuntament de sa Pobla aprobó la ordenanza fiscal del impuesto de construcciones e instalaciones de obras y la ordenanza del impuesto sobre vehículos. Cinco concejales del PSM presentaron un recurso en contra de la aprobación de estas dos ordenanzas. El 21 de julio de 1999, una sentencia del Tribunal Supremo declaró la ilegalidad de estas ordenanzas que el Ajuntament ya había cobrado y que le reportaron unos ingresos de 130.419 euros (21'7 millones de pesetas).

El Tribunal Supremo condenó además al Ajuntament de sa Pobla al pago de los costes procesales y, dado que la institución local no ha pagado a pesar de los reiterados requerimientos del Tribunal Supremo, ahora, casi tres años después de la sentencia, ha ordenado el embargo de bienes.