Las obras de los 67 apartamentos se paralizaron en 1995 y la zona se ha ido degradando desde entonces.

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La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso del Ajuntament de Campos que pretendía reducir la protección de los terrenos de ses Covetes, donde hace ocho años se inició la construcción de 67 apartamentos. El Ajuntament argumentaba en el recurso que esta franja de litoral era suelo urbano y, por tanto, la zona de dominio público debía ser de 20 metros y no de 100 metros como estableció en 1996 el Ministerio de Medio Ambiente. La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por el Ajuntament ya que no ha logrado «una cumplida acreditación de que los terrenos o parte de ellos tenían la clasificación de suelo urbano cuando entró en vigor la Ley de Costas de 1988».

El Ministerio de Medio Ambiente aprobó el 23 de abril de 1996 el deslinde de ses Covetes, que fijaba una franja de protección de 100 metros desde el mar. Contra esta resolución se presentaron cinco recursos; tres de particulares, uno del Ajuntament, y otro por parte de la promotora de los 67 apartamentos, que todavía hoy siguen en pie a medio hacer a pocos metros de la playa de es Trenc. Uno de los particulares que impuso el recurso desistió, mientras que la Audiencia Nacional ha dictado tres sentencias similares, que fijan la zona de protección en 100 metros y, por tanto, consideran ilegales los apartamentos.

En este sentido, el auto de la Audiencia Nacional considera que cabe tener en cuenta que «a diferencia del Ajuntament de Campos, la Comunidad Autónoma no ha impugnado la resolución que aprobó el deslinde», en 1996. No obstante, el alcalde del municipio indicó ayer que el Consistorio agotará las vías jurídicas y recurrirá ante el Supremo el auto. Por su parte, el portavoz del GOB, Miquel Àngel March, mostró ayer su satisfacción por la resolución dictada por la Audiencia Nacional, «porque una vez más se confirma la protección de ses Covetes demostrando el carácter no urbano de los terrenos objeto de litigio».