La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso del Ajuntament de
Campos que pretendía reducir la protección de los terrenos de ses
Covetes, donde hace ocho años se inició la construcción de 67
apartamentos. El Ajuntament argumentaba en el recurso que esta
franja de litoral era suelo urbano y, por tanto, la zona de dominio
público debía ser de 20 metros y no de 100 metros como estableció
en 1996 el Ministerio de Medio Ambiente. La Audiencia Nacional ha
desestimado el recurso interpuesto por el Ajuntament ya que no ha
logrado «una cumplida acreditación de que los terrenos o parte de
ellos tenían la clasificación de suelo urbano cuando entró en vigor
la Ley de Costas de 1988».
El Ministerio de Medio Ambiente aprobó el 23 de abril de 1996 el
deslinde de ses Covetes, que fijaba una franja de protección de 100
metros desde el mar. Contra esta resolución se presentaron cinco
recursos; tres de particulares, uno del Ajuntament, y otro por
parte de la promotora de los 67 apartamentos, que todavía hoy
siguen en pie a medio hacer a pocos metros de la playa de es Trenc.
Uno de los particulares que impuso el recurso desistió, mientras
que la Audiencia Nacional ha dictado tres sentencias similares, que
fijan la zona de protección en 100 metros y, por tanto, consideran
ilegales los apartamentos.
En este sentido, el auto de la Audiencia Nacional considera que
cabe tener en cuenta que «a diferencia del Ajuntament de Campos, la
Comunidad Autónoma no ha impugnado la resolución que aprobó el
deslinde», en 1996. No obstante, el alcalde del municipio indicó
ayer que el Consistorio agotará las vías jurídicas y recurrirá ante
el Supremo el auto. Por su parte, el portavoz del GOB, Miquel Àngel
March, mostró ayer su satisfacción por la resolución dictada por la
Audiencia Nacional, «porque una vez más se confirma la protección
de ses Covetes demostrando el carácter no urbano de los terrenos
objeto de litigio».
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.