La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Balears (TSJB) ha confirmado una sentencia dictada por
la jueza que suspendió de forma provisional, y como medida
cautelar, el uso de explosivos en la actividad de la cantera
Gravillas Sant Miquel SA ya que contaba solamente con la
clasificación de actividad molesta, pero no peligrosa.
La empresa interpuso un recurso extraordinario de revisión
contra la Resolución de la Conselleria d'Interior que había
clasificado únicamente como «molesta» la actividad desarrollada en
la cantera, interesándose que se añadiera el calificativo de
«peligrosa» a los efectos de permitir el uso de explosivos. Una vez
cumplido ese trámite, tanto la Conselleria como el Ajuntament de
Montüiri levantaron la suspensión del uso de explosivos, pero esa
decisión fue recurrida por Baltasar Nicolau y otras nueve personas
más. Según la sentencia del TSJB, el Decreto de Alcaldía que
autorizó el uso de explosivos se basaba en que la clasificación de
la actividad de la cantera había pasado a ser no sólo «molesta»
sino también «peligrosa», es obvio que la decaer por los motivos
«supra» expresados la calificación de «peligrosa», sucumbía también
el fundamento en que se asentaba la autorización de uso de
explosivos, por lo que era no sólo lógico sino obligado proceder a
suspender la autorización para el uso de dichos explosivos». El
TSJB impuso las costas a la empresa.
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