> La vecina denunció la obra en el Ajuntament y en los
tribunales. El pleito terminó en el Tribunal Supremo, que dio la
razón a la recurrente. Mientras tanto, el Consistorio del alcalde
Joan Fageda ultimaba la revisión del Plan General, que legalizaba
la casa. Sin embargo, su aprobación no llegó a tiempo. El mes de
febrero de 1996 el alcalde recibió un auto del Tribunal Superior
que le concedía diez días de plazo para demoler la casa de doña
Pilar de Borbón o enfrentarse a una acusación por obstruir a la
Justicia. Ni que decir tiene que hoy la casa de Doña Pi es
historia.
Y éste podría ser, también, el caso de la piscina de carácter
«general, público y gratuito» de la que hace uso exclusivo la
familia del periodista Pedro J. Ramírez en Costa de los Pinos,
denunciada ante Demarcación de Costas por el Lobby per la
independència. De hecho, la propia Demarcación propuso en el año
2000 desmantelar la instalación, lo que por ley debería suceder si
no se cumplen las prescripciones de la concesión.
El caso de doña Pilar es el paradigma de la aplicación de la
norma en el urbanismo insular. Su casa en Portopí era una joya de
estilo colonial que amplió su marido, el duque de Badajoz, Luis
Gómez Acebo, al construir una tercera planta sin contar con la
oportuna licencia municipal. Aquella obra dejaba el edificio fuera
de ordenación y, peor aún, condenaba una ventana de la vecina
Catalina Mulet.
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