La Conselleria d'Hisenda no cobró los 16.903,47 euros de la multa
al periodista Pedro J. Ramírez porque nunca inició los trámites
para hacerlo. Ramírez tampoco hizo nada por pagar ni por recurrir
la pena ante los tribunales, la única vía que le quedaba después de
agotar la administrativa. El 11 de julio de 2003, un año después de
ser publicada en el BOIB, la multa de 2,8 millones de las antiguas
pesetas prescribió.
La sanción pecuniaria la había impuesto la Conselleria de Medi
Ambient de Margalida Rosselló, que informó a su vez a la de Hisenda
de Joan Mesquida, actual director general de Infraestructuras del
Ministerio de Defensa bajo las órdenes de José Bono, para que la
cobrara.
Pero Hisenda, por motivos que se desconocen, no siguió el
procedimiento habitual en la tramitación de este tipo de sanciones,
según explicaron ayer fuentes autorizadas del actual Gobierno
autonómico. De hecho, y siempre según las explicaciones ofrecidas
por Hisenda, el departamento no dio paso alguno.
Pedro J. Ramírez es el administrador de la empresa Solares de
Simba, propietaria de un chalet en Costa dels Pins situado en la
zona de servidumbre de protección. La Conselleria de Medi Ambient
sancionó a Ramírez por realizar obras sin contar con su permiso. El
periodista recurrió, pero la consellera desestimó las alegaciones y
convirtió en firme la multa de 16.900 euros. Después de eso, a
Ramírez sólo le quedaba la vía del contencioso administrativo en el
Tribunal Superior, pero no la utilizó y se limitó a dejar pasar el
tiempo.
Fuentes de la Conselleria d'Hisenda, que ahora encabeza Lluís
Ramis de Ayreflor, mostraron su extrañeza por la paralización de
esta multa por parte del equipo anterior. Las mismas fuentes
explicaron que el procedimiento habitual establece que, una vez
iniciada la tramitación, la Dirección General de Tributos tiene que
poner en marcha una providencia de apremio y publicarla en el
Butlletí Oficial (BOIB). Nada de eso se hizo.
Asimismo, cuando la parte deudora no ha presentado recurso
judicial y el importe se encuentra todavía impagado -como era el
caso-, tiene que iniciarse un expediente de embargo de los bienes,
en este caso de la empresa de Ramírez. Eso tampoco sucedió.
De hecho, la entrada en la Conselleria fue el último movimiento
administrativo del expediente, que quedó completamente paralizado
hasta el día de su prescripción en base a la Ley de Costas. Así, el
11 de julio del 2003, una semana después de la toma de posesión del
Ejecutivo de Jaume Matas, la sanción quedó sin efecto.
Juristas consultados por este diario coincidieron en señalar que
el hecho de no haber cobrado la sanción puede constituir «desde
negligencia grave por parte de funcionario a un caso de tráfico de
influencias o, incluso, de prevaricación, si se demuestra la
existencia de dolo». De lo que no hay duda, sin embargo, «es del
agravio comparativo para la ciudadanía», afirmaron.
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