La promotora urbanística Multicoop que solicitó el 28 de febrero de
2001 licencia para la construcción de 22 viviendas unifamiliares en
la montaña de Cala Carbó en Pollença, no podrá finalmente construir
las edificaciones y tampoco tendrá derecho a indemnización por
ello. El Tribunal Supremo ha fallado a favor del Ajuntament de
Pollença que denegó la licencia (una vez vencida la moratoria
urbanística municipal de licencias aprobada el 27 de enero de
2000), amparándose en la entrada en vigor de la moratoria
urbanística dictada por el Consell Insular de Mallorca.
La promotora solicitaba una indemnización de 2.221.573 euros o
bien las preceptivas licencias para ejecutar esta obra al entender
que la suspensión de licencias incumplía la ley. La sentencia marca
ahora un precedente importante teniendo en cuenta que aún existe
otro contencioso pendiente de resolución de un promotor que también
trató de construir un unifamiliar en la zona. La sentencia supone
además una victoria medioambiental, en opinión del alcalde Joan
Cerdà (UM), que explicó que «se puede decir que la moratoria del
Consell Insular de Mallorca ha impedido definitivamente la
construcción de Cala Carbó».
El Plan Territorial de Mallorca protege actualmente la montaña,
que calificó como zona verde privada, trasladando la edificabilidad
prevista en la zona al Ullal, ubicada en el puerto de Pollença
donde se crea una zona intensiva de construcción. Este cambio
todavía genera a día de hoy opiniones contrarias pues son muchos
los que defienden también el valor ecológico del Ullal, que llegó a
incluirse en el catálogo de zonas húmedas redactado por la
Conselleria de Medi Ambient la legislatura pasada.
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