El Ajuntament de Calvià, que preside el popular Carlos Delgado, ha
promovido una modificación del Plan General de Ordenación Urbana,
aprobado hace tan sólo cinco años, para recalificar los usos de dos
terrenos propiedad de la familia Nigorra. Esta modificación puntual
del Plan General permitiría al empresario aumentar la
edificabilidad de los terrenos y construir 75 viviendas
plurifamiliares donde antes sólo podían edificarse un máximo de 59
pisos, lo que supone un aumento de más del 27 por ciento.
En la ficha aprobada en 2000 correspondiente a estos terrenos,
propiedad de la empresa y ubicados en la urbanización Santa Ponça
Nou, establecía la edificabilidad de 13.106 metros cuadrados de
superficie máxima, con una capacidad para 59 viviendas
plurifamiliares. Otros 8.361 metros cuadrados de esta zona se
destinaban a equipamiento privado, con un techo máximo de
construcción de 500 metros en esta zona.
La pretensión del Ajuntament de Calvià choca de frente con las
disposiciones del Plan Territorial de Mallorca. El documento
aprobado por el Consell a principios de este año no permite ninguna
modificación del planeamiento urbanístico de los municipios hasta
que no se hayan adaptado plenamente a las disposiciones del Plan.
Es decir, que la aprobación de estos cambios en el Plan General
supondría saltarse de forma directa el Plan Territorial de
Mallorca.
La propuesta del Ajuntament de Calvià cambia sensiblemente la
ficha de 2000. Desaparecen los más de 8.000 metros de equipamientos
privados y la superficie máxima para construir aumenta a 17.866
metros cuadrados. El Ajuntament de Calvià aumenta además la
densidad de viviendas en los terrenos. En el Plan General del
municipio de 2000, la densidad era de 27'48 viviendas por
hectáreas, pero en la propuesta remitida al Consell la densidad se
aumenta hasta las 34'88 viviendas por hectárea.
La petición formulada por el Ajuntament de Calvià implica un
importante aumento de los beneficios económicos derivados de la
ampliación de las posibilidades de construcción en casi un 30 por
ciento de lo que estaba previsto en un principio.
El Consell de Mallorca está obligado a rechazar la petición del
Ajuntament de Calvià dado que no se sujeta a la normativa del Plan
Territorial. El Consell sólo puede autorizar cambios cuando las
modificaciones de los planes generales se hacen para incluir
equipamientos docentes, sanitarios o deportivos, por ejemplo, que
no estaban incluidos inicialmente en el planeamiento. Los cambios
no se pueden hacer por razones exclusivamente edificatorias, como
es el caso de la propuesta de Calvià.
La aprobación por parte del Consell de estos cambios en el Plan
General de Calvià supondría un peligroso precedente en caso de que
el resto de municipios de la Isla decidan seguir el ejemplo de
Calvià.
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