El Consell de Mallorca no podrá autorizar la recalificación hasta que no se adapte al plan.

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El Ajuntament de Calvià, que preside el popular Carlos Delgado, ha promovido una modificación del Plan General de Ordenación Urbana, aprobado hace tan sólo cinco años, para recalificar los usos de dos terrenos propiedad de la familia Nigorra. Esta modificación puntual del Plan General permitiría al empresario aumentar la edificabilidad de los terrenos y construir 75 viviendas plurifamiliares donde antes sólo podían edificarse un máximo de 59 pisos, lo que supone un aumento de más del 27 por ciento.

En la ficha aprobada en 2000 correspondiente a estos terrenos, propiedad de la empresa y ubicados en la urbanización Santa Ponça Nou, establecía la edificabilidad de 13.106 metros cuadrados de superficie máxima, con una capacidad para 59 viviendas plurifamiliares. Otros 8.361 metros cuadrados de esta zona se destinaban a equipamiento privado, con un techo máximo de construcción de 500 metros en esta zona.

La pretensión del Ajuntament de Calvià choca de frente con las disposiciones del Plan Territorial de Mallorca. El documento aprobado por el Consell a principios de este año no permite ninguna modificación del planeamiento urbanístico de los municipios hasta que no se hayan adaptado plenamente a las disposiciones del Plan. Es decir, que la aprobación de estos cambios en el Plan General supondría saltarse de forma directa el Plan Territorial de Mallorca.

La propuesta del Ajuntament de Calvià cambia sensiblemente la ficha de 2000. Desaparecen los más de 8.000 metros de equipamientos privados y la superficie máxima para construir aumenta a 17.866 metros cuadrados. El Ajuntament de Calvià aumenta además la densidad de viviendas en los terrenos. En el Plan General del municipio de 2000, la densidad era de 27'48 viviendas por hectáreas, pero en la propuesta remitida al Consell la densidad se aumenta hasta las 34'88 viviendas por hectárea.

La petición formulada por el Ajuntament de Calvià implica un importante aumento de los beneficios económicos derivados de la ampliación de las posibilidades de construcción en casi un 30 por ciento de lo que estaba previsto en un principio.

El Consell de Mallorca está obligado a rechazar la petición del Ajuntament de Calvià dado que no se sujeta a la normativa del Plan Territorial. El Consell sólo puede autorizar cambios cuando las modificaciones de los planes generales se hacen para incluir equipamientos docentes, sanitarios o deportivos, por ejemplo, que no estaban incluidos inicialmente en el planeamiento. Los cambios no se pueden hacer por razones exclusivamente edificatorias, como es el caso de la propuesta de Calvià.

La aprobación por parte del Consell de estos cambios en el Plan General de Calvià supondría un peligroso precedente en caso de que el resto de municipios de la Isla decidan seguir el ejemplo de Calvià.