Máximo Labanda, cuando prestó declaración ante el juez por el «caso chalet de Santa Ponça».

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PATRICIO CANDIA/JOSEP ROSSELLÓ
El titular del Juzgado de Instrucción 2 de Palma, Juan Ignacio Lope Sola, ha decretado el sobreseimiento provisional de la denuncia presentada por el alcalde de Calvià, Carlos Delgado, contra su antecesora en el cargo Margarita Nájera por un supuesto trato de favor en la compra de un solar por parte de la ex alcaldesa hacia el recaudador municipal, Jaime Riera, conocido como 'caso chalet de Santa Ponça'.

En el auto, asimismo, el juez abre diligencias previas contra Máximo Labanda, el testigo propuesto por Delgado que obligó a reabrir la causa archivada por el mismo magistrado en febrero de 2006. El PP, por otra parte, «deplora» la decisión del juez y anuncia que la recurrirá. La resolución, que coincide con el escrito de conclusiones del fiscal Anticorrupción de Balears, Juan Carrau, que tampoco apreció delito alguno en la conducta de Nájera, «no estima debidamente justificada» la perpetración de los delitos invocados por Delgado, es decir, prevaricación, cohecho y negociaciones prohibidas a funcioanarios públicos.

El supuesto trato de favor del que se acusaba a los imputados Jaime Riera y Domingo Cruz consistía en que al vender el solar por un precio inferior al de mercado se hizo un «regalo» a la ex alcaldesa para lograr algo lícito, que era la renovación y mejora del contrato. Margarita Nájera avaló un préstamo con garantía hipotecaria sobre el solar. Poco después de que se realizase esta operación, el contrato del recaudador municipal fue renovado y mejorado económicamente.