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La Audiencia de Palma ha ratificado en todos sus términos la sentencia de un Juzgado de Inca que condenó a la cementera Cemex España SA a indemnizar con 240.400 euros por daños morales y a 61.475 euros por daños materiales a 20 vecinos de Lloseta que la demandaron en 2000 por ruidos y emisiones contaminantes.

Según la Audiencia, los daños causados a los demandantes consisten en el envejecimiento prematuro de los vehículos; la merma de calidad del agua de estanques y aljibes por los sedimentos indeseados de polvo; y el envejecimiento prematuro del mobiliario, elementos exteriores e instalaciones eléctricas de las viviendas incluidas en el área de influencia del impacto de las emisiones.

Los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia entienden probado que la cementera produce emisiones «no sólo sonoras sino de partículas a la atmósfera, que superan los límites reglamentarios y tolerables», con lo que rechaza la base fáctica sobre la cual asentó la empresa su apelación.

También recoge la sentencia que debido a las partículas sedimentadas y solidificadas que emite la cementera, se produce pérdida de valor en las construcciones afectadas; pérdida de rendimiento y valor comercial de las cosechas; incremento de los costes de explotación agraria y minusvaloración comercial de los productos por las mermas en su apariencia estética.