Martina Gelabert, en el juicio del pasado 23 de noviembre al que se personó, aunque no declaró.

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MARGALIDA RAMIS

La entidad bancaria Es Crèdit tendrá que pagar 118.506 euros al Ajuntament de Sineu. Así lo resuelve la sentencia que dictó el juez de la instancia número 4 de Inca después de que el pasado 23 de noviembre se celebrase la segunda vista oral del juicio civil por la denuncia del Ajuntament de Sineu contra Es Crèdit en relación al presunto desfalco de las arcas municipales protagonizado por la ex recaudadora municipal Martina Gelabert. En la demanda, el Ajuntament pedía responsabilidades civiles a la entidad bancaria por permitir hacer reintegros a la ex recaudadora municipal sin tener firma autorizada y reclamaba un total de 394.049 euros en concepto de reintegros realizados sin firma autorizada, además de los intereses, gastos y comisiones derivados de que la cuenta bancaria de tributos del Ajuntament estuviera en descubierto en muchas ocasiones.

Sin embargo, la sentencia sólo obliga a Es Crèdit a pagar alrededor de un 30% de la cantidad que reclamaba el Ajuntament, ya que concluye «en una falta de responsabilidad contable y fiscal por parte del propio Ayuntamiento de Sineu sobre el erario público». A pesar de ello, el Ajuntament de Sineu recurrirá la sentencia ante la Audiencia Provincial de Palma, además de solicitar el pago inmediato de los 118.506 euros.

En el juicio celebrado el pasado 23 de noviembre, en el que la ex recaudadora se presentó aunque no declaró, el que fuera director de la sucursal desde diciembre del año 2000 hasta septiembre de 2004 Joan Fuster se amparó a una carta del Ajuntament de Sineu para justificar los reintegros a Martina Gelabert, así como que «Gelabert era archiconocida en el pueblo y todo el mundo sabía que se encargaba de la recaudación de tributos». En el mismo juicio, la trabajadora de la entidad bancaria Maria Oliver, también manifestó que «cuando se trata de un cliente conocido como lo era Martina Gelabert no comprobamos la firma cada vez que viene». En este sentido la sentencia recoge que «Gelabert era conocida porque operaba casi a diario en dicha entidad bancaria, de un pueblo pequeño como es Sineu, en la misma sucursal» aunque considera que «lo realmente importante es si Martina Gelabert era titular o no de la cuenta».