Más de 500 personas saltaron la valla que impide el acceso a través del Camí de Ternelles en una marcha reivindicativa en octubre de 2009. | TERESA AYUGA

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El Tribunal Supremo ha confirmado una servidumbre de paso de acceso al mar a favor del Ajuntament de Pollença en el conflicto que viene arrastrando el uso del camino de Ternelles. El TS rechaza así el recurso de casación planteado por la empresa Menani, propietaria privada de las fincas por las que transcurre el camino, y ratifica la sentencia de la Audiencia provincial de febrero de 2013, que confirmó a su vez un fallo anterior de un Juzgado de Inca.

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En esta nueva sentencia, el Tribunal Supremo recuerda que el acceso al mar, como limitación de la propiedad, puede establecerse por declaración de la autoridad administrativa sin necesidad de procedimiento de expropiación, como hizo en el año 2010 el Ajuntament al constituir servidumbre de paso peatonal hasta el la fortificación del Castell del Rei y hasta Cala Castell, cuando fijó la limitación de un número máximo de visitantes de 20 personas diarias.

Cabe recordar que en 2009 más de 500 personas participaron en una marcha reivindicativa reclamando la titularidad pública del camino y llegando a saltar con la ayuda de escaleras las barreras con las que los propietarios de las fincas por las que transcurre esta vía habían cerrado el paso.