Según han recordado en una nota informativa, el calendario laboral para 2018 establece 14 fiestas anuales de ámbito nacional no recuperables, remuneradas y de carácter obligatorio.
De ellas, nueve son de carácter obligatorio y no sustituibles y (el 1 de enero, 30 de marzo, 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre y 6, 8 y 25 de diciembre). Por su parte las Comunidades Autónomas tienen la potestad de elegir tres días festivos mientras que los ayuntamientos pueden elegir dos.
«Este año los partidos políticos que gobiernan en Baleares nuevamente han vuelto a hacer caso omiso a la tradición y no han designado como festivo para el año que viene el 26 de diciembre», han lamentado.
Para decidir si, además de Sant Antoni, el segundo festivo debía ser el patrón del municipio o el 26 de diciembre, la Junta Directiva trató este tema en su reunión celebrada el 8 de agosto, y aprobó por unanimidad de todos los asistentes el 26 de diciembre.
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