La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha confirmado la sentencia por la que se obliga al Ayuntamiento de Bunyola a pagar «la indemnización y los intereses devengados» después de que en 1988 otorgase la concesión del servicio funerario de Bunyola a Pedro Sastre y dos años después otorgase una licencia de actividad a otra compañía sin exigirle condición alguna.
Bunyola deberá pagar la indemnización por los servicios funerarios de 1988
También en Noticias
- Importantes retenciones de tráfico en los accesos a Palma
- Detenido por intentar secuestrar a una joven en Palma: «Soy narcotraficante, conmigo vas a tener buena vida»
- El lío del Plan General se cobra su primera víctima empresarial
- La legalización en suelo rústico incluirá también piscinas y otras construcciones
- Detenida en Palma una madre que dejó varias semanas a su hijo de 13 años viviendo solo en un piso
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.