La sección primera de lo Contencioso-Administrativo estima así la demanda presentada por el mismo particular que recurrió la concesión administrativa otorgada en 2001 a Pedro J. Ramírez para establecer un embarcadero, terraza y piscina en una zona de dominio público marítimo terrestre en la Costa de los Pinos, que ahora tendrá que desmantelar para que quede «garantizado el disfrute del dominio público».
La Sala establece que en el caso de prórrogas de concesiones de ocupaciones del dominio público debe justificarse que esas instalaciones no pueden ubicarse en otro lugar.
En el presente caso, el tribunal entiende que no se ha cumplido con el deber de justificar razonablemente que no existía otro lugar, ni respecto de la piscina, ni de la terraza en cuanto elementos integrantes de la concesión. Y tampoco en el caso del embarcadero.
Al anular las dos órdenes, la Sala acuerda la extinción de la concesión administrativa prorrogada, con los efectos legales inherentes a dicha declaración.
En una Orden de 15 de abril de 2014 el ministerio acordó la prórroga de la concesión y como continuación de la anterior, en otra posterior de 29 de enero de 2016 y con el nuevo Reglamento General de Costas en vigor, fijó el plazo de duración de la concesión hasta el 27 de febrero de 2074 ( por 60 años).
Son estas dos resoluciones las que recurre el demandante, argumentando que ni la legislación vigente ni el interés general amparan una prórroga de 60 años de la concesión.
El recurrente añade que el acto administrativo impugnado no se limita a prorrogar la concesión sino que la modifica sustancialmente, eliminando un uso público que era fundamental para admitir una piscina que no era de necesaria implantación.
En su sentencia, la Sala analiza el artículo 32.1 de la Ley de Costas, en relación con el artículo 61 del Reglamento General de Costas de 2014 por el que únicamente se puede permitir la ocupación del dominio público marítimo-terrestre para aquellas instalaciones que, por su naturaleza, no pueden tener otra ubicación.
Después de señalar la doctrina constitucional y el artículo 2 de la Ley 2/2013, el tribunal concluye que en materia de prórrogas de concesiones también debe justificarse que las instalaciones afectadas no pueden ubicarse en otro lugar.
La resolución impugnada fundamenta la prórroga en la incidencia negativa que la demolición (o transformación) de tales instalaciones causaría en la armonía con el entorno en el que actualmente se integran.
Sin embargo, la Sala considera que eso no justifica la necesidad de ocupación del dominio público por las obras del embarcadero, terraza y piscina.
Por ello, dado el carácter excepcional y restrictivo con el que necesariamente ha de interpretarse toda ocupación de dominio público marítimo terrestre, la Sala estima que hay «razones de interés público, en cambio, para denegar la prórroga de la concesión otorgada por la Administración y acordar el desmantelamiento de las obras, única forma en la que queda garantizado el disfrute del dominio público marítimo terrestre para su libre utilización por todas las personas y para todos los usos comunes y acordes con la naturaleza de tal demanio invadido, tales como pasear, estar, bañarse, navegar, embarcar y desembarcar, varar, pescar».
20 comentarios
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Opinad lo que os le de la real gana (como no podía ser de otra forma, y absolutamente respetable) pero sabéis que en el fondo tengo razón.
@Curial1, que la compri quant ja estava feta no camvia absolutament res, segueix essent ilegal desde el moment en que es va fer, i ell o era totalment beneit i no ho sabia que era ilegal, cosa que no es pot creure o es va aprofitar dels amics, no recorda qui li va arreglar lo d'aquestes prórrogues?. Que doni gràciies per haver tengut rpivilegis que ni a voste, ni a mi, ni a quasi ningun ens donarien. Ara que ña tirin i assumpte resolt
Al fin!!! Disfrutó demasiado tiempo de beneficio qué no le pertenecían. Por ley la costa no se puede utilizar para disfrute personal. El Mar, no tiene puertas!!! ????
Caprichos de la izquierda que paga el pueblo. No nos olvidemos, que lo acabará pagando el pueblo todo. Y beneficio solo para el ego del abanderado ... a ver cuando mejoran el pais de verdad, que por ahora solo mejoran unos pocos elegidos.
Se olvidan (se quieren olvidar) varios detalles. El primero es que este periodista siempre ha sido díscolo con la izquierda y eso no se perdona. Si la casa hubiera sido de otro "tipo de periodista" nadie hubiera dicho nada, El segundo detalle y más importante, es que EL PERIODISTA NO CONSTRUYÓ NINGUNA PISCINA.CUANDO COMPRÓ LA CASA DE SEGUNDA MANO YA ESTABA TODO COMO ESTÁ EN ESTOS MOMENTOS. La progresía ha tratado de hacerle culpable por la construcción de la piscina, cuando no es así. Si incumple la ley de costas que se derribe sin duda. Pedro invito a una vueltecita por mar desde Porto Pi hasta santa Ponsa , y verán miles de invasiones de dominio público de particulares y hoteles. Sin ir más lejos vean la construcción que hay del Club Náutico de Portals que da a la playa del oratorio, por poner un ejemplo. Espero que cuando hayan derribado la piscina nuestros gobernantes actuales, sigan haciendo lo mismo por la zona que les he comentado. Hay que hacer cumplir la ley, PERO A TODOS, no a los que no me gustan o dirigen prensa que no nos trata como nosotros queremos , como la gran mayoría de medios que si lo hacen.
Esos temas se vuelven más candentes cuando se trata de peninsulares o extranjeros, pues los mallorquines parecen beneficiar de más benevolencia de dichos colectivos, lo que es una manera de populismo y de tribalismo.
Se ha puesto de moda apodarse "friendly" con respecto a colectivos, turistas, etc., pero no siempre se pone en práctica. En Artá, crujieron al tenista Becker con multazos urbanísticos, que el Supremo le redujo, sin embargo, a un 20 % de la multa municipal. Ahora, Artà tiene una mansión en ruinas en su municipio.
Qué vergüenza y qué pena que los partidos mayoritarios consintieran este abuso. Uno se pregunta qué fuerza, o información, tenia Prdro J, para conseguir esa prebenda. Fue un insulto a todos y sigue siendo una mancha en el PSOE Y PP. Aunque estos, a estas alturas, ya se avergüenzan poco
El texto no es muy fácil de entender, como suele suceder en temas de urbanismo. Sólo añadir que Pedro J. Ramírez encontró la piscina hecha, cuando compró el chalet a su anterior propietario.
cuanto ha costado este tinglado? todo este follón porqué un resentido no acepta que alguien disfrute de su piscina? Ya estamos hartos de tantos tocac*****s, aburridos. Dejad la gente disfrutar de sus casas c*ñ*!