La Audiencia de Lleida ha prohibido a un vecino de Balaguer,
Joaquin G. M., visitar a sus dos hijos de 8 y 13 años después de
que el progenitor no haya mostrado el menor interés por ellos desde
mayo de 1997, cuando se divorció de su esposa y los hijos pasaron a
vivir con la madre. La Audiencia ha dictado una sentencia en la que
ha atendido la demanda presentada por los dos niños, a través de la
madre, en la que solicitaban no tener ninguna obligación de estar
con su padre y pedían que se suspendiera el régimen de visitas
establecido en la sentencia de divorcio.
El tribunal ha revocado una sentencia anterior del Juzgado de
Primera Instancia numero 2 de Balaguer, que desestimó la demanda de
la madre de los niños.
El tribunal admite que no le ha resultado fácil establecer esta
decisión, porque pone en entredicho la correcta educación de los
menores, pero el presidente de la Audiencia de Lleida, Andreu
Encedaque, ha considerado que esta situación «es perturbadora para
la familia y para los dos niños». Sostiene además, que «con
independencia de las diferencias entre los cónyuges, siempre se
intenta favorecer la relación de los hijos con sus dos
progenitores».
Precisamente, la mayor de los dos hermanos expuso hace dos años
en una carta publicada en un diario local que no quería saber nada
de su padre y pidió a los jueces que no la obligaran a estar con
él. Finalmente, los jueces han accedido a ello a causa de la
actitud del padre.
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