El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya califica de
«discriminatoria» la normativa que obliga a repartir en catalán los
exámenes de selectividad y que prevé darlos en castellano sólo a
aquellos alumnos que desconozcan la lengua catalana porque estima
que no garantiza «el uso normal y oficial de ambas lenguas». En una
sentencia, el TSJC considera que la actual normativa de los
exámenes de selectividad en Catalunya pone a los alumnos
castellanohablantes en situación de «inferioridad».
La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC desestima en
la sentencia el recurso de apelación interpuesto por la Universidad
Rovira i Virgili (URV) contra el fallo del juzgado de Tarragona que
declaró idónea a la profesora Josefina Albert para participar en el
Tribunal de las pruebas de selectividad, de las que fue apartada
por entregar exámenes en castellano a alumnos sin seguir la
normativa.
El TSJC pone en tela de juicio la «normativa» que rige las
pruebas de selectividad y que estipula que los exámenes deben ser
entregados en catalán, y sólo se faciliten en castellano cuando el
alumno demuestre que no comprende la lengua catalana ni el
enunciado de las preguntas de las pruebas.
El TSJC considera que Catalunya debe «amparar, fomentar y
normalizar el uso de la lengua catalana en todos los ámbitos y
garantizar el uso normal y oficial del catalán y el castellano». Es
decir, «garantizar el uso normal de ambas lenguas».
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