El Estado deberá indemnizar a siete perjudicados por el régimen de
«multipropiedad» por los daños que la demora en la incorporación de
una directiva europea sobre ese tema a la ley española ha causado
en estos usuarios, según una sentencia de la Audiencia Nacional de
la que informó la OCU.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) alertó también
de los «daños» que pueden sufrir los consumidores españoles por no
haber sido traspuesta a la legislación nacional una directiva
europea que fija en 2 años las garantías de todos los bienes de
consumo en lugar de los seis meses vigentes en España.
El director general de la OCU señaló que esta organización ha
conseguido una «condena histórica» contra el Estado, «por su
responsabilidad en los perjuicios causados a esos siete
consumidores».
La Audiencia Nacional condena a la Administración a indemnizar a
siete usuarios (ninguno de ellos español) con 23.839 euros (4
millones de pesetas), más los intereses calculados a partir de la
fecha (18 de febrero de 1999) en que la OCU presentó la reclamación
ante el Consejo de Ministros junto a otras asociaciones de
consumidores.
Esta norma establece que el usuario de multipropiedad debe
recibir un documento informativo antes de la adquisición, puede
resolver el contrato en diez días sin necesidad de alegar motivos y
prohíbe la exigencia de «señales» o «anticipos» en esos diez
días.
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