El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado por
defectos de forma los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento de
Barcelona que sirvieron para aprobar las banderas oficial y
festiva, el sello oficial y el símbolo de la ciudad. La Sección
Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha
estimado un recurso presentado por la «Societat Catalana de
Genealogia,Heraldica, Sigillografia i Vexillologia», impugnando
estos acuerdos que el alto tribunal ha anulado al declararlos no
ajustados a derecho.
El ayuntamiento de Barcelona aprobó en el pleno del 17 de mayo
de 1996 el sello oficial y el símbolo de la ciudad y el 7 de
febrero de 1997 adoptó otro acuerdo plenario para aprobar las
banderas oficial y festiva. A su vez, el TSJC resuelve que estos
acuerdos tenían que adoptarse «con pleno respeto a los parámetros
establecidos en la Ley Municipal y de Régimen Local y en el
Reglamento de los símbolos de los Entes Locales».
Según la sentencia, «el expediente administrativo pone de
relieve que, en lo relativo a la aprobación del sello oficial y del
símbolo de la ciudad, se omitieron los trámites más esenciales del
procedimiento». En este sentido, el fallo determina que «sólo
consta la adopción del referido acuerdo pero no la apertura de un
período de información pública, lo que de hecho privó a los
ciudadanos de la posibilidad de intervenir en un asunto de gran
relevancia pública».
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