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Un juez de Barcelona ha denunciado la existencia de empresas que ceden los servicios de sus trabajadores a «grandes y medianas empresas» y que no tienen «actividad propia». El juez considera estas empresas ilegales y añade que actúan como si fueran una Empresa de Trabajo Temporal (ETT). Con este argumento, el juez ha obligado a Gas Natural a contratar de forma indefinida a una mujer que trabajaba para una empresa de externalización de servicios pero que desarrollaba su actividad en Gas Natural desde hacía años, después de que Gas Natural firmara una contrata de obras y servicios con la empresa de externalización para la que trabajaba la mujer.

En una sentencia el titular del Juzgado de lo Social número 13 de Barcelona, Antonio Barba Mora, ha obligado a Gas Natural a contratar indefinidamente y a incorporar en plantilla a una mujer porque entiende que la empresa Link Externalización de Servicios, para la que ésta trabajaba y de la que cobraba, «cedió de forma ilegal» sus servicios a Gas Natural desde junio de 1996, donde trabajaba teóricamente como telefonista. Gas Natural firmó con Link «una contrata» por la que ésta última enviaría cinco telefonistas, entre los que se encontraba la mujer.