Enrique Pociño ha criticado la sentencia y anuncia una demanda civil.

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Los jueces de la sección Segunda de la Audiencia consideran que el trabajador fue un «imprudente» y asumió por su cuenta un riesgo para acabar una faena. Con este argumento los jueces han revocado una sentencia anterior de un juzgado de Mataró que condenó a un año de prisión por un delito de imprudencia con resultado de lesiones al propietario de la empresa de construcción para la que trabajaba el accidentado y al arquitecto de la obra.

«No se me olvidará nunca lo que me dijo el contratista en la ambulancia (tras el accidente): por favor Enrique, no digas a nadie que no había medidas de seguridad, tengo un buen seguro y no habrá ningún problema», recordó ayer.

El juez de Mataró también les condenó a indemnizar a la víctima con un total de 381.548 euros.

Enrique Pociño, el obrero afectado ha criticado la sentencia, al señalar que «sólo falta que hubiesen dicho que me tiré yo al vacío», mientras sus abogados han anunciado que presentarán una demanda civil.

Los hechos sucedieron el 29 de julio de 1999 cuando Enrique P. trabajaba en una obra en la calle Ramón y Cajal de Premiá de Mar (Barcelona) y el jefe de la empresa, Manuel Andrés M.M. le ordenó volver a unir las baldosas de un lavadero.

El obrero se encaramó a un caballete, a una altura de 2,5 metros, y al descender, perdió el equilibrio y se precipitó por uno de los huecos de la fachada, que carecía de protección, cayendo desde una altura de 3'5 metros.

El trabajador sufre una lesión medular irreversible que le mantiene postrado en un sillón eléctrico y precisa de ayuda para poder realizar las necesidades más básicas.