El anteproyecto por el que se modifica el Código Civil en
materia de separación y divorcio prevé la potestad del juez para
acordar la guarda y custodia conjunta -previo informe del
Ministerio Fiscal y oír a los mayores de 12 años-, y exige que
transcurran tres meses desde el matrimonio para pedir la
ruptura.
El texto, que previsiblemente aprobará este viernes el Gobierno
y difundido ayer por la Asociación de Mujeres Juristas Themis, no
exige el plazo de tres meses cuando se acredite «un riesgo para la
vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la
libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o hijos que
convivan con ambos».
Por otro lado, en la propuesta del convenio regulador o a
instancia de uno de los padres, podrá solicitarse que el juez,
previo informe del Fiscal, «decida en interés exclusivo de los
hijos, tras oír a los mayores de 12 años y, si lo considera
preciso, a los menores que tengan suficiente juicio, que la guarda
de éstos sea ejercido por uno de ellos o conjuntamente».
En la anterior redacción al anteproyecto dado a conocer ayer, se
señalaba sólo que los padres podían acordar o, en su caso, el juez
podía decidir, «a instancia de parte y siempre en beneficio del
menor, que la guarda de los hijos sea ejercida por solo uno de
ellos o conjuntamente, procurando no separar a los hermanos».
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Ultima Hora
De momento no hay comentarios.