El ministro de Interior, José Antonio Alonso informó ayer que una
mujer procedente de un país del Golfo Pérsico se convirtió en la
primera víctima de violencia doméstica que obtiene en España la
condición de refugiada. Se trata de una mujer de 38 años, con dos
hijos, que fue obligada a contraer matrimonio y que ha sido objeto
de malos tratos, tanto por parte de su esposo como de la familia de
éste, sin que las autoridades de su país hayan ofrecido una
respuesta a su situación.
En rueda de prensa tras reunirse con parlamentarias socialistas
y asociaciones de mujeres, Alonso destacó la importancia de que por
primera vez se haya concedido asilo a una víctima de la violencia
de género, y aseguró que se seguirá aplicando la legislación
vigente siempre que se acrediten los requisitos exigidos. El
titular de Interior consideró que el Gobierno tiene que hacer el
«máximo esfuerzo solidario» para atender a estas mujeres y
desplegar todos los mecanismos asistenciales que les garantiza la
condición de refugiadas.
Explicó, en este contexto, que cuando las mujeres provienen de
países en los que son sometidas a matrimonios forzosos, en los que
existe una violencia «ambiental y estructural» y en los que los
poderes públicos no ofrecen una respuesta a su situación reúnen las
exigencias legales para pedir refugio.
El ministro de Interior adoptó esta decisión después de que la
Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR) acordara, en
una reunión también celebrada hoy, proponer el reconocimiento como
refugiada de esta mujer, que ha sufrido graves trastornos
psicológicos por los que ha recibido asistencia en España en los
últimos meses.
Se tuvo en cuenta la gravedad y la continuidad de los malos
tratos, la ausencia de protección por parte de las autoridades de
su país de origen dada la configuración del sistema legal y social
del país, con importantes discriminaciones en contra de las mujeres
casadas, y la imposibilidad de eludir los malos tratos
permaneciendo en él.
Todos estos elementos llevaron a la CIAR a considerar el caso
dentro de los términos de la Convención de Ginebra de 1951 sobre el
Estatuto de los Refugiados. Por motivos de seguridad, Alonso no
quiso desvelar datos de la identidad de la mujer ni su país de
origen.
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