La Ley de Identidad de Género, aprobada ayer en el Congreso, permitirá a los transexuales cambiar de nombre y de sexo en el Registro Civil y en el DNI sin necesidad de cirugía de reasignación de sexo.
Este modelo de regulación es similar al del Reino Unido, donde la Ley de Reconocimiento de Género, aprobada en 2004. Otros países reconocen también el derecho a cambiar dichos datos, aunque en algunos se establece el requisito de la operación o bien se exige a los transexuales que se esterilicen, para evitar problemas legales en el caso de tener descendencia.
Se exigirá, eso sí, que el solicitante acredite el diagnóstico de «disforia de género» -mediante informe de médico o psicólogo colegiado- y que haya sido tratado médicamente durante al menos dos años para acomodar su físico al sexo reclamado.
Hasta ahora en España los transexuales sólo podían cambiar sus datos oficiales si se habían sometido a una operación de cambio de sexo y obtenían una sentencia a favor.
Entre los países que cuentan con leyes en materia de identidad de género figuran Suecia (con una legislación pionera en la materia que data de 1972), Alemania, Italia, Holanda, Turquía, Dinamarca, Bélgica, Finlandia, Suiza, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Turquía y varios Estados de EEUU.
La Sociedad Española de Endrocrinología calcula que en España viven alrededor de 3.000 transexuales, en tanto que algunas asociaciones de transexuales hablan de entre 7.000 y 9.000.
El Congreso aprobó la nueva ley con el respaldo de todos los grupos, a excepción del PP, partido que fue duramente criticado por representantes de este colectivo, que celebraron en la Cámara «un día histórico».
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