El Consejo de Estado considera que España se ha convertido durante los últimos años en un paraíso del «turismo abortista», y ha subrayado la importancia y la necesidad de reformar la actual legislación, vigente desde 1985.
En su informe sobre el anteproyecto de ley que reforma la ley del aborto, remitido ayer al Ministerio de Igualdad, el Consejo de Estado avala la constitucionalidad de la reforma de la ley del aborto que promueve el Gobierno, pero incide en la oportunidad de que los padres de las menores de edad sean informados de la decisión de interrumpir el embarazo.
El Consejo de Estado constata en su informe, el «creciente fracaso» de la ley actual, y que la regulación haya convertido España en un paraíso del «turismo abortista» y en el país europeo en el que más crece el número de abortos.
Advierte además que la aplicación de la ley de 1985 ha conducido a España a una «indeseable» situación de aborto libre, «cuando no arbitrario», y considera que el creciente número de abortos en España demuestra la disfuncionalidad de una regulación «que no responde a la situación actual».
El informe pone de relieve la oportunidad de reformar la actual legislación, pero insiste en que esa reforma vaya acompañada de un refuerzo de las medidas de educación y de sanidad sexual.
Sobre la constitucionalidad de establecer un régimen de plazos para legalizar la interrupción voluntaria del embarazo (libre hasta la semana 14 y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto), el Consejo de Estado estima que el sistema de plazos que se propone es compatible con el texto constitucional.
Recuerda además que en los países europeos donde el aborto se ha despenalizado mediante un sistema de plazos, el supuesto de libre opción de la madre se limita mayoritariamente a doce semanas, e incide en la importancia que debe tener la educación sexual de los jóvenes, pero en que ésta se haga de una forma «delicada» y atendiendo siempre la edad y el sexo de los educandos.
El Consejo de Estado sí aconseja revisar y especificar en qué consiste manifestarse contra la interrupción del embarazo y en qué momento debe expresarse, y propone varias soluciones, entre ellas la de eliminar esa redacción y regular la objeción de conciencia de los facultativos.
Plantea además la posibilidad de que el Comité Clínico previsto en la ley se pronuncie sobre la enfermedad incurable del feto, pero que no corresponda a ese órgano autorizar el aborto, una decisión que correspondería en exclusiva a la madre.
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