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J.F. MESTRE Un abogado, con despacho abierto en Palma, ha sido condenado por la Audiencia a una pena de dos años de prisión por cometer un delito de falsedad en documento privado. El letrado, que no entrará en prisión al carecer de antecedentes penales, falsificó una firma de un empleado suyo en un documento, que después utilizó para evitar que un banco le embargara los bienes de su despacho.

La sentencia, dictada por el tribunal de la Sección Primera, señala que el letrado, A.S.H., compartía el despacho con un compañero, pero éste quiso separarse. El acusado propuso comprar la mitad del bufete, incluido muebles y equipos informáticos, por seis millones.

El abogado había constituido mucho antes una sociedad, que apenas tení actividad. Decidió que en la operación apareciera la empresa como compradora de la mitad del bufete.

La sentencia explica que, aunque no había duda de que la sociedad pertenecía a A.S.H., él no aparecía como administrador. Para este cargo nombró a otro abogado, que estaba en el despacho como pasante. Este abogado creía que este nombramiento formaba parte de la actividad que se desarrollaba en el despacho, y que esta sociedad era una más de las muchas que el bufete asesoraba en sus negocios.

Para adquirir la mitad del despacho el abogado y su esposa pidieron un préstamo a una caja de ahorros de seis millones de pesetas. Días después de obtener el dinero el acusado, según afirma la sentencia, le presentó un documento a su socio en el que se formalizaba la operación. En dicho documento se señalaba que la mitad del bufete la adquiría, no el abogado, sino la citada empresa. El tribunal asegura que el abogado condenado falsificó en dicho documento la firma del administrador, que era su pasante, quien no le había autorizado a ello, ni le había entregado poder alguno para poder hacerlo.