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La Audiencia de Palma ha condenado, por primera vez, a la compañía aérea Iberia por los daños morales causados a unos pasajeros a los que se les extravió las maletas, durante tres días, en un viaje al extranjero. La compañía tendrá que hacer frente a una indemnización de 237.000 pesetas, cantidad que equivale a los tres días del importe total del viaje. Con esta sentencia, dictada por el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia, se anula una anterior, en la que el juez denegó este daño moral que provocó la desaparición de parte del equipaje.

En el mes de agosto de 1998 un matrimonio de Palma concertó con una agencia un viaje de placer a la isla de Puerto Rico. El viaje se desarrollaría entre los días 13 a 21 del citado mes. Durante los cuatro primeros días los clientes se alojaban en un hotel, y los cuatro restantes en otros establecimientos. La compañía encargada de trasladar a los turistas a su destino era Iberia. Los clientes salieron de Palma con destino a Madrid, y de allí enlazaron con un vuelo internacional hasta San Juan de Puerto Rico. Facturaron su equipaje, que se componía de dos maletas y una bolsa.

Sin embargo, al llegar a su destino, los clientes fueron informados «por un empleado de la compañía aérea» que una de sus maletas se había perdido. Era la que guardaba toda la ropa y objetos personales de la mujer. El empleado se comprometió a realizar las gestiones pertinentes para que le enviaran la maleta en el vuelo del día siguiente, y después dejársela en el hotel. Pese a este compromiso, la maleta no fue devuelta hasta tres días después, a pesar de las múltiples gestiones telefónicas y personales que realizaron los turistas ante los empleados de la compañía aérea. La pérdida de esta maleta obligó a la mujer a comprarse ropa, gastándose unos 200 dólares, amén de los gastos por las llamadas telefónicas que realizaron para interesarse por su equipaje.