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La Audiencia de Palma, en una sentencia dictada por el Tribunal de la Sección Tercera, ha condenado a un banco a que pague una indemnización de casi 32 millones de pesetas (dinero al que habrá que sumarle los intereses) por las irregularidades que cometió un empleado de esta entidad.

Este empleado trabajaba en la oficina de este banco en sa Pobla, pero al mismo tiempo se encargaba de llevar la contabilidad de los negocios de dos agricultores. Estas dos personas tenían varias cuentas abiertas en la entidad, pero todas las gestiones, pero sobre todo el dinero, se lo entregaban siempre a su contable, para que lo ingresara en la oficina de sa Pobla. Sin embargo, el empleado del banco lo que hacia era quedarse el dinero para él. Según ha quedado demostrado modificaba el documento de ingreso en metálico que entregaba al cliente del banco y escribía una cantidad mucho menor. De esta forma, era muy difícil que el cliente se diera cuenta del desfalco.

Estas irregularidades fueron descubiertas cuando uno de los agricultores contrató a una mujer para que colaborara en la contabilidad. Esta mujer se dio cuenta que existían graves anomalías entre las cantidades que figuraban como ingresadas con el dinero que realmente había en el banco, ya que incluso tenía cuentas en descubierto. Estos hechos los puso en conocimiento de la Justicia, pero también avisó a su compañero de profesión, quien descubrió que a él le había ocurrido lo mismo.

El empleado fue juzgado en la Audiencia, pero sólo fue condenado por el desfalco cometido a uno de sus clientes, puesto que el otro caso (al que se refiere esta sentencia) había prescrito. El empleado cumplió pena de prisión. Sin embargo, el cliente, defendido por el abogado Cristóbal Mora, consideró que debía ser la entidad bancaria la que debía responder de las irregularidades. El letrado defendió que su cliente no hacía negocios con el empleado de la oficina de sa Pobla, sino con el banco.