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El tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia de Palma ha condenado a una compañía aseguradora a que indemnice a la viuda de un cliente que se suicidó. Esta mujer, representada por la letrada Raquel Aguiló, recibirá una indemnización de más de 60.000 euros. El tribunal confirma la sentencia que ya dictó la juez de primera instancia.

El hombre que se suicidó suscribió un seguro de vida a través de la empresa en la que trabajaba. La compañía no quiso hacer frente a la indemnización que se fijaba en la póliza porque acusó al cliente de ocultar datos de su situación de salud que podrían haber influido en la valoración del riesgo. En concreto se le acusó de haber ocultado que en el año 1989 padeció una estenosis aórtica, aunque esta póliza se suscribió en el año 1995. La compañía reconocía que esta enfermedad no tuvo incidencia en la decisión del cliente de suicidarse por ahorcamiento.

El tribunal se refiere a los cuestionarios que rellenan las compañías de seguros y critica las preguntas que se formulan a los posibles clientes, como puede ser que se pronuncien sobre su opinión subjetiva sobre su estado de salud. Los jueces rechazan todos los argumentos de la compañía y le dan la razón a la letrada, que demostró que la póliza también incluía la muerte por suicidio.