El tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia de Palma ha
condenado a una compañía aseguradora a que indemnice a la viuda de
un cliente que se suicidó. Esta mujer, representada por la letrada
Raquel Aguiló, recibirá una indemnización de más de 60.000 euros.
El tribunal confirma la sentencia que ya dictó la juez de primera
instancia.
El hombre que se suicidó suscribió un seguro de vida a través de
la empresa en la que trabajaba. La compañía no quiso hacer frente a
la indemnización que se fijaba en la póliza porque acusó al cliente
de ocultar datos de su situación de salud que podrían haber
influido en la valoración del riesgo. En concreto se le acusó de
haber ocultado que en el año 1989 padeció una estenosis aórtica,
aunque esta póliza se suscribió en el año 1995. La compañía
reconocía que esta enfermedad no tuvo incidencia en la decisión del
cliente de suicidarse por ahorcamiento.
El tribunal se refiere a los cuestionarios que rellenan las
compañías de seguros y critica las preguntas que se formulan a los
posibles clientes, como puede ser que se pronuncien sobre su
opinión subjetiva sobre su estado de salud. Los jueces rechazan
todos los argumentos de la compañía y le dan la razón a la letrada,
que demostró que la póliza también incluía la muerte por
suicidio.
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