Un millón de euros reclama, en concepto de indemnización, la
persona que regentaba el local 'Villamiel' donde el 5 de julio de
1991 se intervinieron joyas, cheques al portador por valor de 419
mil pesetas y otros bienes, parte de los cuales no han sido
recuperados trece años después. El Poder judicial admite el
extravío de estos bienes y dos supuestos de anormal funcionamiento
de la Justicia en dos juzgados de Manacor.
La indemnización no es sólo por los bienes extraviados, hecho
que reconoce el Poder Judicial, sino también porque el local estuvo
varios años cerrado y, tres años después, el 15 de junio de 1994 se
dictó auto de sobreseimiento sin que quedara ninguna persona en
calidad de acusada. También, en la demanda inicial, se entendía que
se había dado otro supuesto de anormal funcionamiento de la
Justicia en un procedimiento por desahucio del bar Berlín. En este
caso concreto el CGPJ desestima la reclamación, por lo que la
cantidad a indemnizar que se demanda puede que sea 'reajustada' en
base a las pérdidas ocasionadas.
En el informe del Poder Judicial se detalla que «de acuerdo con
lo previsto en los artículos 121 CE y 292 y siguientes LOPJ, el
artículo 139,4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, dispone que la responsabilidad patrimonial
del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia
se regirá por la Ley Orgánica del Poder Judicial».
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