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Un millón de euros reclama, en concepto de indemnización, la persona que regentaba el local 'Villamiel' donde el 5 de julio de 1991 se intervinieron joyas, cheques al portador por valor de 419 mil pesetas y otros bienes, parte de los cuales no han sido recuperados trece años después. El Poder judicial admite el extravío de estos bienes y dos supuestos de anormal funcionamiento de la Justicia en dos juzgados de Manacor.

La indemnización no es sólo por los bienes extraviados, hecho que reconoce el Poder Judicial, sino también porque el local estuvo varios años cerrado y, tres años después, el 15 de junio de 1994 se dictó auto de sobreseimiento sin que quedara ninguna persona en calidad de acusada. También, en la demanda inicial, se entendía que se había dado otro supuesto de anormal funcionamiento de la Justicia en un procedimiento por desahucio del bar Berlín. En este caso concreto el CGPJ desestima la reclamación, por lo que la cantidad a indemnizar que se demanda puede que sea 'reajustada' en base a las pérdidas ocasionadas.

En el informe del Poder Judicial se detalla que «de acuerdo con lo previsto en los artículos 121 CE y 292 y siguientes LOPJ, el artículo 139,4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia se regirá por la Ley Orgánica del Poder Judicial».