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Ayer se hizo público el auto de procesamiento del juez contra la madre acusada de dejar en coma irreversible a su hijo adoptivo, de siete años. A esta mujer, María de las Nieves R.L., de 40 años, se le imputa un delito de lesiones previsto en el artículo 149.1 del Código Penal y otro contra la integridad moral, establecido en el artículo 173.2 del mismo texto legal. Por el primer delito, el Código Penal establece una pena de seis a doce años de cárcel, y por el segundo prevé una condena de seis meses a tres años de prisión. La mujer sigue en libertad, pero se le requiere que preste una fianza de 1.200.000 euros antes de diez días en torno a la responsabilidad civil, o se le embargarán bienes.

El auto recoge que el día 6 de junio de 2006, sobre las 18.00 horas, el niño, Miguel Àngel, se hallaba junto con su madre en el domicilio familiar de la urbanización Tolleric, en Llucmajor. El padre trabajaba y estaba ausente.

La madre y el niño empezaron a discutir porque éste no quería hacer los deberes. La mujer salió de la habitación para calmar sus nervios y se fumó un cigarro. Después volvió y vio que Miguel Àngel sólo había hecho un ejercicio, por lo que se reinició la disputa. La madre comenzó a empujar al niño, quien caía al suelo y volvía a levantarse, golpeándose con las paredes y otros objetos. A causa de uno de estos empujones, el niño se golpeó con un objeto y quedó en coma.

María de las Nieves trató de reanimarlo con todos los medios a su alcance. Llamó a su marido, le dijo que el niño había caído al suelo y no reaccionaba, solicitando después una ambulancia que lo evacuó a un hospital.

Las secuelas padecidas por el niño son tan graves que se equiparan a un estado vegetativo persistente.