El juez considera que Juan Escudero, René Rico y Antonio Llamas cometieron un delito de defraudación de cuotas a la Seguridad Social de especial gravedad y en continuidad delictiva, y que además son responsables de otro delito de alzamiento de bienes.
Emodus operandi de los empresarios consistía en constituir sucesivamente potentes sociedades mercantiles, con las que participaban en grandes construcciones en la Isla. Estas empresas se hacían cargo de más de un centenar de empleados y tenían una facturación mínima de tres millones de euros.
Los acusados se iban sucediendo y alternando en los cargos de administración y representación legal de las empresas, y realizaban su declaraciones de renta. Sin embargo, no ingresaban las cuotas de la Seguridad Social. Cuando sus acreedores y Hacienda empezaban a «apretarles», promovían la quiebra de las sociedades y creaban otras. El juez considera probado que las nuevas sociedades eran idénticas a las anteriores, y que de hecho lo que hacían era asumir todos los bienes inmuebles e industriales, maquinaria, utillajes y trabajadores de las empresas precedentes.
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