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Quince años de cárcel por asesinato y uno más por tenencia ilícita de armas. El magistrado Juan Catany sentencia al asesino de Cala Murada a la pena mínima por el delito de asesinato; frente a los 20 años solicitados por las acusaciones. La sentencia desarrolla el veredicto del jurado que, por unanimidad, consideró culpable de asesinato al acusado.

La sentencia relata así lo ocurrido: «Rudolf Eberhard Messerer, entre las 15 y 17 horas del día 23 de julio de aquel año, cogió la carabina con mira telescópica de su propiedad, la cargó y, cuando ésta estaba a escasos metros de la cocina y, sin que tuviera la más mínima oportunidad de defenderse, disparó contra ella desde la cocina». El texto concede que en el juicio no quedó claro el móvil de Messerer, sin embargo sí quedó demostrado su carácter violento. También indica que, a la hora de declarar probada la alevosía, los razonamientos del jurado son «parcos, aunque suficientes y precisos». El magistrado sí cuestiona que el jurado haya concedido el atenuante de dilaciones indebidas: «Parece que sólo tuvo en cuenta el tiempo transcurrido, que tampoco es alarmante si se compara con el resto de procedimientos, y no las dificultades y vicisitudes sufridas». Algo similar expresa la sentencia al hablar del indulto parcial que pidieron los miembros del jurado: «A buen seguro que tuvo en cuenta la edad del acusado y el estado ausente que mantuvo durante el plenario, aunque con anterioridad había dicho que era teatral». Eso sí, incluye la petición «por si el Gobierno tiene a bien su concesión».