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«Ya esta enserio dejalo bale cuando kieras de verdad y k no sea a la fuerza ya me dices cosas si quieres (sic)». Esta frase, escrita en una conversación a través del sistema de mensajería MSN Messenger ha sido una de las claves para que la Audiencia Provincial condene a siete años de cárcel a un joven de Palma por violación. Al día siguiente de los hechos, la víctima contacto a través de este programa con su agresor: «¿Te parece normal lo que hiciste?», le preguntó. El joven, de 20 años de edad, negó en principio los hechos: «Pero tu querías por lo que decías, lo que querías era hacerte de valer», señaló. Sin embargo, la víctima insistió y el agresor terminó reconociendo que fue una relación forzada.

Los dos jóvenes se habían conocido también a través de este programa. Una prima de la víctima era amiga del acusado y en abril de 2007 quedaron los tres y otra joven en la vivienda de ésta última en Palma.

La sentencia, cuyo ponente es el magistrado Juan Pedro Yllanes relata que el agresor y la víctima comenzaron a besarse en la vivienda. En un momento dado, el joven intentó penetrar a la menor, de 16 años de edad. Ésta se negó. El agresor decidió irse a su casa y pidió a la joven que la acompañara hasta la calle. En el ascensor volvieron a besarse y, una vez en el portal, el acusado la violó.

Como consecuencia de los hechos, la adolescente sufrió daños físicos y tuvo que recibir tratamiento psicológico.
Relato
Tras lo ocurrido, la joven volvió al piso y contó a su prima lo ocurrido. Desde entonces, en todos los casos la víctima ha mantenido su relato de los hechos, lo que junto a otros hechos que corroboran su versión hacen que el Tribunal considere su declaración suficiente prueba de cargo. Los psicólogos que la atendieron afirmaron en el juicio que en su testimonio no había animosidad contra el acusado y corroboraron su verosimilitud. La sala también destaca en la sentencia: «Resulta contrario a cualquier explicación que la joven aceptara tener su primera relación sexual en un pasillo de salida de un inmueble y junto a la puerta del ascensor o que el elegido para tal momento fuera el acusado».

Junto a la pena de prisión, el Tribunal impone al condenado una orden de alejamiento respecto a la menor durante diez años y el pago de una indemnización de 18.000 euros.