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La Audiencia Provincial de Palma ha rebajado en medio año la condena contra Andrés Heredia, el autor del atropello mortal del joven Guillem Calvó en la calle Aragón en abril de 2009.
Heredia había sido condenado ya por el Juzgado Penal número 1 de Palma a una pena de 4 años y once meses de prisión. Su defensa apeló este fallo y la Audiencia le da la razón de forma parcial y cambia el tipo penal que se aplicaba en el caso. La primera sentencia aplicaba en este caso un delito de conducción temeraria, el más duro para infracciones relacionadas con el tráfico y que sirve, entre otros casos para perseguir a conductores suicidas. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial considera que no corresponde este delito ya que en él es imprescindible que se aprecie la existencia de dolo, «tanto en la conducción como en la producción del resultado fatal derivado del atropello». Es decir, que el delito se reserva a quien coge un vehículo con la intención expresa de matar a alguien.
Pena máxima
La Audiencia aplica otro tipo penal para la condena y le aplica el máximo de la pena, ante la gravedad de los hechos. Andrés Heredia atropelló a Guillem Calvó, que ese día cumplía los 18 años de edad, después de robar un vehículo junto con otra persona. Cuando se encontraban en el coche fueron sorprendidos por dos policías locales. Al huir de ellos colisionaron con varios vehículos y terminaron arrollando al joven. La Audiencia rechaza varios de los argumentos de la defensa de Heredia, entre ellos la petición de que se le aplicara el atenuante de drogadicción: «No acertamos a calibrar como puede ser de aplicación de haber actuado por la adicción a drogas tóxicas con el hecho de conducir un vehículo sin poseer permiso de conducción ni con la conducción temeraria», señala la sentencia que recuerda que ir drogado al volante es en sí mismo un delito.